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Absolver posiciones

1 Comentarios
 
Absolver posiciones
15/05/2006 10:46
Estimados comopañeros, tengo entendido que actualmente procurador y abogado ya no podemos absolver posiciones por el cliente, que este solo puede apoderar a otra persona que conozca bien los hechos, pero no encuantro la disposición legal que lo establece, por favor, podríais decirme cual es? Gracias.
16/05/2006 18:22
Yo soy nuevo en esto, y no conozco ni la actual L.E.C. ni la antigua.

Pero creo que para el interrogatorio de parte, la parte no puede apoderar. Y en todo caso lo aceptaría el juez o no.

Pregunta en el foro de procesal.

Un saludo.