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absentismo computos

10 Comentarios
 
Absentismo computos
25/07/2011 00:47
Un saludo:
Mi duda es la siguiente, en mi empresa tenemos unos incentivos trimestales por objetivos, después de una subrogación donde se nos respetaban todas las condiciones laborales que teníamos, la empresa ha decidido cambiar la forma de medir dichos objetivos, han recortado sustancialmente y de forma casi inalcanzable los que teníamos hasta ahora, pero eso no es lo mas importante sino que han añadido una penalización por absentismo de forma que si el trabajador falta 1 dia no le afectaría, si falta 2 le quitan el 50% y si faltan 3 días al mes se lo quitan todo, el caso es que lo único que no cuentan como absentismo son las vacaciones, o sea para el computo del absentismo entran permisos retribuidos y horas sindicales. ¿Pueden contar como absentismo las licencias y las horas sindicales?. Gracias
25/07/2011 22:57
En primer lugar denunciar para que respeten las condiciones que teníais en el momento de la subrogación, no pueden ahora te las respeto y cuando lleve un tiempo te las cambio, ni de coña. En segundo Absentismo laboral: art 52.d del ET,a tales efectos NO se consideran o computan como faltas de asistencia:
-Las ausencias debidas a huelga legal.
-el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores.
-el accidente de trabajo.
-la maternidad.
-el riesgo durante el embarazo.
-las enfermedades causadas por el embarazo, parto o lactancias
-las licencias o vacaciones.
-las bajas por enfermedad común o accidente no laboral cuando dichas bajas sean acordadas por los servicios médicos oficiales y tengan una duración de más de 20 días consecutivos.
26/07/2011 12:29
A ver, no nos liemos. Una cosa es la definición de absentismo, como falta de asistencia, a efectos de sanción o no percepción de salario y otra la definición de absentismo para reducir un plus de asistencia, que es de lo que, entiendo, se trata en este caso.
De todas formas, no se pueden cambiar las condiciones, así como así, tras una subrogación. Habría que verlo más despacio.
¿Qué dice el comité de empresa?
26/07/2011 12:56
Gracias a los dos por contestar, a ver aclaro un poco, nosotros siempre hemos tenido esos incentivos trimestrales por consecución de objetivos, calidad, tiempos eficiencia, o sea unos items fijos, ahora la empresa los cambia cosa que supongo que puede hacer siempre que sean alcanzables, lo han puesto muy dificiles, pero aparte por su cuenta han puesto una especie de condicionante para los objetivos, no tenemos ningún plus de asistencia, eso que quede claro, lo que ellos pretenden es que si el trabajador falta 2 dias en el mes pierde el 50% de sus objetivos y si falta 3 pierde el 100%. El comité ya tiene abierto un conflicto colectivo, pero a toda costa para aceptar lo del absentismo quiere que se excluyan todos los permisos retribuidos, (en un prinicipo la empresa lo contaba todo como incentivo exepto las vacaciones) pero la empresa como mucho dice que excluye maternedad, paternidad, lactancia, descansos semanales y estaban dispuestos hasta a excluir las horas sindicales, así que no hay acuerdo y nos vemos abocados al juez, pero dicen que lo mismo el juez puede darles la razón tenemos que tragar, de esa forma se aseguran de no pagarnos incentivos, es que no saben como quitarlos.
Gracias de nuevo por vuestra respuesta, si necesitais mas información me lo decís.
Un saludo
26/07/2011 15:48
Para reducirte el plus de asistencia ¿no es salario?, creo que la definición sirve, pero lo tiene más fácil las condiciones de un a subrogación no se alteran tan fácilmente, pero maifren si el juez les da la razón se jodió. perdón por la expresión.
26/07/2011 15:59
maifren
aclara una cosa por favor: la antigua empresa¿cómo y cada cuanto tiempo media la forma de calcular los objetivos? me imagino que como casi la mayoria: a principio de cada año se fijan unos objetivos, cumplibles o no y se firman. Al fianl del año siguiente o por trimestres se va revisando el cumplimiento y se abonan o no en funcion de dicho cumoplimiento.
Luego al año siguiente vuelta a empezar, pero algunos parametros se quitan o modifican ¿verdad? Pues eso es lo que ha hecho la nueva empresa: se ha subrogado en lso objetivos, pero luego dentro de la flexibilidad de la empresa, los ha ido amoldando a la situacion para tender a no pagarlo, PERO NO LOS QUITA, LSO HACE INCUMPLIBLES...

Es mi opinion: si así como lo he explicado es, dificil lo teneis.
26/07/2011 21:39
Aclaro, nuestros incentivos los cobramos de forma trimestral, siempre ha sido así. La empresa ha cambiado la forma de medir los objetivos y los ha puesto muy difíciles, eso casi lo tenemos asumido, lo que mas nos preocupa es lo que se han sacado de la manga con el absentismo, no es un objetivo en si, repito que no tenemos plus de asistencia, o sea a nuestros objetivos le han agregado un condicionante aparte que es el que os decía del absentismo y computan todo menos las vacaciones como absentismo, es eso lo que verdaderamente mas nos preocupa, el comité a traves del conflicto colectivo ha solcitado que se excluyan los permisosn retribuidos y las horas sindicales pero no quieren, asi que vamos al juez.
gracias por vuestro interés, un saludo
27/07/2011 12:28
y añado que los incentivos es una retribución variable, al menos así consta en la segunda claúsula de nuestro contrato:
"Adicionalmente al salario y con carácter no consolidable, será aplicable al empleado el sistema de retrivución variale correspondiente al puesto que desempeña."

gracias
28/07/2011 00:48
lo teneis dificil... la empresa es muy libre de fijar los objetivos que quiera y la forma de medirlos.
Mientras os pague lo que diga el convenio... la retribucion vartiable en tiempos de vacas flaacas está cayendo en picado y donde no la quitan directamente, hacen muy dificil el cumplimiento, por lo tanto ya sabeis...
28/07/2011 10:20
Gracias archilla, siempre nos quedaba la esperanza de que computar los permisos retribuidos como absentismo para penalizar no fuese legal.
un saludo y gracias a todos
28/07/2011 15:47
en mi modesta opinion, legal puede ser casi todo porque es un criterio que pone la empresa precisamente para poder pagar mas a los trabajadores que lo cumplan.
Pueden poner lo del absentismo, la brillantez en el trabajo o lo pueden dar a dedo.
Lo que no pueden hacer es relacionarlo ni vincularlo con criterios discrimitarios recogidos en la Constitucion:
- no se lo pueden dar a los blancos, nia los cristianos confesos, ni a las chicas que vayan en minifalda a trabajar, ni a los heteros, etc ¿entiendes? La empresa puede poner el criterio mientras no sea discriminatorio y yo entiendo que ir todos lso dias a trabajar es lo normal...
dificl lo teneis en el juzgado, pero puede sonar la flauta!