Hola:
Tengo un juicio en el que se va a debatir si hay o no una pared medianera, soy novata en servidumbres.
La cuestión es que el vecino de al lado ha ampliado su casa, ha construido varias habitaciones a un metro de la propiedad de mi cliente y, entre otras cosas, ha abrierto dos ventanas. Dice que la pared que hay entre las ventanas y la propiedad de mi cliente es medianera y mi cliente dice que es privativa suya.
Lo primero que hay que debatir en el juicio es si la pared es o no medianera.
Pero mi duda es otra, ¿si la pared es medianera, puede abrir ventanas el vecino a menos de dos metros de esa pared medianera?
Viendo el art. 582 parece que no, pero no lo tengo claro.
¿Y si la pared de la discordia es más alta que las ventanas, esas ventanas están bien construiddas?