Bueno sí.. si que se puede demostrar porque resultó que el jefe del Dpto. RRHH le dió la carta ya abierta al secretario general de la sección sindical para que a su vez se la entregase a la delegada sindical.
Con esto quiero decir que existe un testigo (secretario general de la seccion sindical "x").
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
Tengo una consulta de una trabajadora de una empresa de unos 500 empleados o así. Coincide que esta trabajadora además es delegada sindical.
A esta persona le ha llegado una carta a su empresa, recibiendo el sobre el personal de Recursos Humanos. Allí en RR.HH. le han abierto el sobre y se lo han entregado abierto a la delegada sindical.
Le han dicho los de la empresa que ha sido abierto por un error. Que creían que era una carta para la empresa, y que por favor le perdonen.
Resultó ser que el contenido de la carta era una citación judicial (dirigida a la delegada sindical) para que acudiera a un juicio.
Parece ser que otras veces ya ha ocurrido esto con otros delegados sindicales. Lo malo fue que se trataba de una citación judicial y quizás se vieron en la obligación de entregar la carta a pesar de haberla abierto.
Esta delegada está dispuesta a denunciar el caso, pues no se cree la version de la empresa, sino que cree que se hizo con mala fe. Pues en otros casos no le han llegado cartas, que otras personas afirman haberle remitido, como por ejemplo provenientes de la Inspección de Trabajo u otros..
¿Que se puede hacer, denunciar por falta, delito, o por lo Social, o a la Inspección de trabajo?