El TSJA le achaca supuesta prevaricación aunque rechaza otros delitos, tras la denuncia de la madre del menor
JAVIER MACÍAS / SEVILLA
Día 23/10/20106 comentariosEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha abierto diligencias contra el titular del Juzgado de Primera Instancia nº7 , Francisco Serrano, por supuesta prevaricación dolosa, al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años establecido por otro juzgado, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una hermandad de la Madrugada.
D Previamente a la decisión del juez, la madre del menor presentó un escrito a través de su abogado pidiendo información sobre los estatutos de la cofradía para ver si en éstos se hacía exclusión del acceso de mujeres y cuántas ocupan cargos en la junta de gobierno, el horario del recorrido, vestuario del niño, comida que percibiría y la persona responsable de su integridad. Tras conocer el escrito, el abuelo paterno del niño se presentó el Martes Santo ante el juzgado de Familia de guardia, e informó al juez Serrano del caso advirtiendo que para el menor participar en la procesión era «sumamente importante y trascendente», al tiempo que afirmaba que «resulta incomprensible que cualquiera de sus progenitores ponga obstáculos a lo que constituye su inequívoco y evidente deseo». Asimismo, calificó como «preocupación excesiva» la demostrada por la madre. El juez le indicó que debía plantear una petición de amparo ante la premura de tiempo. El decanato remitió al día siguiente la
petición del abuelo al mismo juez Serrano por antecedente al ser el que estaba de guardia cuando se formuló el mismo. La decisión del juez fue ampliar un día y medio la estancia del niño con su padre, para que pudiera salir en la cofradía.
Esto motivó que la madre del menor interpusiera una querella contra el juez por la supuesta comisión de los delitos de prevaricación, cohecho, violación de secretos y lesiones, lo que motivó que la Fiscalía emitiera un informe interesando que se admitiera a trámite la querella aunque sólo respecto del delito de prevaricación dolosa. En esta querella se «sugiere un ánimo de procurarse protagonismo o notoriedad en medios de comunicación que previamente estaban haciendo un seguimiento del asunto».
En el auto del pasado 19 de octubre,la Sala de lo Penal asevera que del análisis de las actuaciones, «resulta verosímil que el querellado asumió voluntariamente el conocimiento del procedimiento, para el que pudiera carecer de competencia funcional o sin respetar las reglas de reparto de los asuntos entre los juzgados». Así, considera que, de las actuaciones, se desprende que Serrano habría «adoptado una resolución cuyo presupuesto fáctico —la reticencia de la madre del menor a autorizar a su hijo a participar en la procesión— no habría sido procesalmente comprobado, sino sólo referido por los comparecientes, sin ni siquiera intentar oír a la madre», todo ello «yendo aparentemente más allá de lo estrictamente necesario para asegurar el interés del menor».
La Sala, como la Fiscalía no admite a trámite lo relativo a los delitos de cochecho, revelación de secretos y lesiones, por ser «completamente desproporcionada y excesiva». Y con respecto a la supuesta revelación de secretos, por facilitar a la prensa información del menor, indica que «no consta que el querellado haya puesto en conocimiento del público nada relevante».
El juez, «sorprendido»
Serrano se mostró ayer «sorprendido» por la decisión e indicó que «se trata de un acto más de persecución». El juez lamentó que se haya tomado esta determinación «sin tener en cuenta» que la Fiscalía de Sevilla tiene recurrida en apelación su decisión de ampliar el turno de custodia ante la Audiencia Provincial.
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