A empleado publico, en el certificado de retenciones de 2010 le ponen : “ Rendimiento satisfechos en ejercicios anteriores… ejercicio de devengo 2002, importe integro 700, retenciones practicadas 100”.¿ no está este asunto prescrito, viniendo ahora a perjudicar al trabajador por incrementar el tope y rebasar los 33.007 a efectos de desgravación por restauración en la vivienda?. Maxime cuando ya ni se guardan los papeles de aquel año
Saludos
No, creo que se refiere a que no estan dentro de los rendimientos de este año y que tienes que regularizar haciendo una complementaria del año de devengo naturalmente que si ha prescrito creo que no se tiene que hacer nada igual que si sale negativa tampoco, hay unos impresos para hacer una explicacion ante hacienda se llama solicitud de comunicacion puedes bajartelos de la web dentro de modelos y formularios " formular ante la agencia tributaria" la penultima opción.... un saludo
En mi opinión, está prescrito (salvo que, en relación con el IRPF de 2002 haya habido actuaciones posteriores que hayan suspendido la prescripción). Estando prescrito, lo mejor es no hacer nada.