He aprendido a no darlo todo por perdido.... las consultas que hice a abogados de mi municipio me decian que estaba mal visto que un abogado denuncie a otro y que desgraciadamente si existe el corporatiivismo.
Yo creo que ire de nuevo al juz y entregare la notificación del Colegio al juez para dejar constancia que el defecto de forma que ha habido a sido motivado por una mala praxis que me esta perjudicando y me ha creado preocupacíón, dado que el nuevo abogado que me han asignado me dice que a él solo le han encomendado la apelación..... En fin qué dificil es todo....
El Colegio solo reconoce que no apeló pero también me engaño y me abandonó siendo mi representación particular. Respecto al seguro yo creo que barre para su cliente a no ser que lo que se me ocurre es enviarle un requerimiento al abogado como acuerdo amistoso para no complicar las cosas. Pero donde se puede mirar los baremos en calidad de indemnización por mala praxis?
Además, ni caso a Claimco, tú no puedes ponerte en contacto con el seguro que tenga contratado ese abogado, bueno, sí que podrías si supieras quién le asegura, pero no te harían ni caso. Sería el propio abogado el que debería poner en conocimiento de la compañía que le asegura y solicitar que te indemnizaran, indemnización por otro lado difícil de cuantificar, pienso yo, como en la mayoría de casos de malos tratos.
Una reclamación en el colegio de abogados no es para que te indemnicen a ti, sino para que sancionen al letrado si ha infringido alguna norma de su estatuto.
Quizá, con ese apercibimiento sí que están reconociendo una mala praxis de ese abogado y te pueda servir para, mediante una demanda, exigir la reparación del daño.
Valora como te digo demandar a ese abogado.
Me han notificado del Colegio de abogados por fin la RESOLUCIÓN de la reclamación que presente por que mi abogado de oficio no presento recuerso de apelación:
Resulta que dado el exp disciplinario que se ha hecho en relación a la queja que formule y considerando que el letrado no ha alegado nada al acuerdo que tomarón en el Colegio del pliego de los cargos se procede a calificar los hechos como:
- Infracción leve del apartado d) del artículo 86, en relación con el apartado a) del articulo 85 ambos del Estatuto de la Abogacia.
-Se impone al letrado sanción de apercibimiento por escritoo en virtud al articulo 87.3 de Estatuto General de la Abogacía.
Yo no entiendo mucho de leyes ni de articulos pero de lo que si sé es de sentido común, yo reclame que se le inabilitara de sus funciones profesionales porque el daño es irreversible y porque no quiero que a más personas le pueda pasar lo mismo que a mi, por lo que esa sanción me parece una cortina de humo puesto que debería ser depositada al perjudicado es decir yo!! a mi no me repara ni me resarcen el daño y se le dá 1 mes de plazo para recurrir.
Alguien sabe como se podría reclamar esa cantidad sin que se beneficien ellos?
boro 362 - se puede hablar mucho de quejas - y en un estudio de la Unión Europea, España es el país donde mas quejas hay contra abogados etc.
Pero una cosa es quejarse, otra cosa es hacer algo contra ello.
Veo (o oigo) mucho hablar, pero si quieres hacer algo nos contactas: claimco.spain@gmail.com
El español parece muy reticente a demandar ...
estamos especializados en este tipo de temas, pero si la gente no quiere reclamar ... es cosa suya.
hola.me llama poderosamente la atencion la cantidad de quejas y entradas a los foros de derecho,por mala pacxis, estafas y un sin fin de practicas fraudulentas en el ejerficio de sus funciones,la inpunidad en que se mueven y el veneplacido del colegio de abogados colegas de profesion,cando se les exponen una queja cuando contestan ,si es que lo hacen ya a presquito la demanda penal que paraq ellos es a los 3 años y es la que mas temen los abogados, la inhabilitacion, si se les demanda por lo civil, en el caso que lo ganes como mucho se les abre un expediente y si te indepnizan lo hace el seguro del colegio, dependiendo de la cuantia oel seguro privado, y a seguir con el negocio.ay que acabar con esta lacra de malos profesionales, hacer un registro publico con los expedientados,para que el cliente elija y sepa con quien trata, y no estaria demas una asociacion de perjudicados,para que los malos profesionales el que la haga la tema, a si se lo pensaran 2 veces. saludos
El Colegio debe comunciar al quejante, si abre exp. discip. contrra el letrado, ¿es así?
El seguro se hace cargo de esos daños, ¿cómo? ¿hay que esperar dictamen del Coelgio o se puede ir directamente? ¿cómo te dan indemnización si no hay dictamen del Colegio? o, ¿no es preciso dicho dictamen?
¿cómo se sabe qué compañía de seguros es?
a. a través del Colegio - donde NO te van a dar indemnización, sino (en su caso) abrir una causa disciplinaria contra el abogado
b. a través de los juzgados para obtener indemnización. Si vas con punto a. resuelto, te ayuda. también puede ser que el seguro se haga cargo de inmediato. Pero en el Colegio NO van a decidir sobre una indemnización.
la resolución sobre esa queja ha de enviarla el Colegio al demandante, si no estuviera de acuerdo, puede recurrir o bien ante el juzgado o............... bien ante el Consejo Regional de Abogados de la Comunidad a la que pertenezca ese Colegio.
A priori en la queja que pusiste en el Colegio no tiene que darte más información de nada hasta que termine. Termine como termine (con sación o sin ella) el Colegio no puede concederte nada ni arreglar nada de lo que tú crees que se ha hecho mal. Si quieres una solución al problema o una indemnización tienes que demandar (civil) o denunciar (penal).
Hola morinelli!! mi reclamación fue trasladada al dep. deontológico en el que estoy esperando una resolución pero hay cosas que tengo que ampliar que posteriormenete al ver el exp del juz me entere no ha dado los pasos oportunos y su despreocupación a dado lugar a una resolución en mi contra. Según me indicas en tu mensa que no cambiara nada de mi derecho no se que quiere decir perdoname quieres decir que ya no lo puedo recurrir? la valorración forense es incierta y no se ha refutado entre un moneton de cosas más. En el juz se suspendieron los del recurso en espera de nueva designación de abogado. Por último perdona que sea un poco bruta que diferencia existe entre indemnización y resarcimiento? Si no lo denuncio de queda en ninguna solución? Yo quiero que me solucione lo que ha hecho mal que no me ineteresaba y no ha hecho!! Siento a todos si suena duro pero poneros en mi lugar.
Te informaron mal la primera vez. Una vez interpuesta la reclamación sólo pueden (no es que no estén obligados, es que no pueden) notificarte el fin del procedimiento. Una reclamación en el Colegio podría dar lugar a un expediente sancionador en el que el reclamante no es parte, pues jamás cambiará nada en tu derecho. Si quieres indemnizaciones u algún resarcimiento debes acudir a la jurisdicción.
Tras mi reclamación en el Colegio de abogados me informaron que una vez enviada mi reclamación al letrado en espera de que contestara me informarían del escrito para poder ampliar si deseo alguna alegación pero yo al no recibir ninguna información y tras la demora vuelvo a preguntar a otra del colegio y me dicen después... “que la copia la tengo que solicitar por escrito”
LO SOLICITO copia del letrado tras mi reclamación para poder estar informada y comunicar cualquier aclaración para ppoder ampliar nuevos errores del auto que por no tener en su momento el expediente del juz ignoraba
Y la respuesta del colegio es: que el asunto de mi queja se encuentra en tramitación y de lo que se acuerde recibiré oportuna información.
Algo raro esta pasando....
Me informarón que me mandarían su respuesta tras mi reclamación Y NO MELA ENVIARÓN
Me informan que debe de hacerse por escrito. Y NO ME LO MANDAN
Les pido información y no me contestan, si que me responden pero no me contestan y la respuesta no me explica y no sé nada de lo que esta ocurriendo.
Alguien me puede ayudar? Estas cosas son habituales? Me están haciendo la cama?
COMUNICACION AUTO FUERA DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS DE APELACION
En este verano yo presente reclamación al colegio de abogados a mi abogado de Oficio por su (mala Praxis) os comento que me huelo corporativismo.....
En el Juz se han dictaron 2 autos en mi contra con fecha 22/05, en la que soy victima por malos tratos en el procedimiento.
En estos autos se indica el sobreseimiento provisional de la causa en la que cabe apelación de 3 y 5 dias. Dicho plazo de apelación finalizaban 29/05
Mi abogado me notifica el auto 06/06 YA ESTABA MÁS QUE PASADA LA FECHA fuera de los plazos establecidos de apelación la suerte es que me lo notifico por"por e-mail"en la que taxativamente me dice que le acaban de notificar JA!! Le llamo y no me responde.
Parece que se esta lavando las manos al día siguiente martes le vuelvo a llamar para que me informe al ver errores en el auto me dice qué en otro momento "le llame" insisto para pedirle una cita para aclarar varios puntos y me dice que cuando tenga un hueco en su agenda que me llamará porque esta muy ocupado.
Pido una via disciplinaria por su negligencia y abandono de la defensa inhabilitándole de sus funciones a la espera de que me asignen otro abogado por su culpa puedo tener problemas de hecho el daño ya esta hecho porque tengo un auto injusto.
Cuando voy al juz tras la reclamación veo:
Faltan por aclarar injurias de la parte de la declaración contraria, no ha esclarecido la declaración.
No se ha opuesto a la impugnación de oposición del abogado contraria a que se valide el informe forense y en cambio si se ha validado el mio y no ha presentado impugnación en la que esa valoración me ha perjudicado mucho.
y el resultado del auto es mi contra siendo yo la victima.
1º.- Recurso fuera de plazo, ¡chapuza una indemnización de 40.000 euros, a cobrar 100% seguro. sólo había que pedir ejecución en tiempo ¿qué via más ventajosa, cara a mayor ndemnización, en lo demás que se las encargue el Colegio, no problem..
2º.- Exacto, la querella la archivó el juzgado, y, después la Audiencuia Provincial también archivó, pues tuvo "los cojones" de apelar al de instrucción, TOTAL: 9.200 euros a tomar por el cul..
Lo mismo, ¿qué vía mejor para mayor €€?
3º.- Se litiga con un abogado de inicio, y en apelación se aparta por enfermedad, el siguiente abogado, teniendo toda documentación del anterior a través del juzgado, apeló sin venia, el recurso lo perdió y ahora está en T.S.J. ¿vía adecuada, si procede? aunque aquí, supongo que el juzgado hizo más de lo ídem, ¿no?
4º.- Se paga al abogado lo estipulado según fondo de provisión expedido por él mismo, (sin firmar) a través de e-mail (se conserva texto) y recibos bancarios de transferencia de ccc.
ya me dices, lo mismo, ¿vía más "mortal", para conseguir mayor indemnización?,
Gracias, y buen año nuevo 2013 para ti también, y reto del foro.