Tengo una curiosidad y agradecería que alguien tuviera la amabilidad de contestar. ¿Cuando recibe un abogado de oficio sus honorarios por parte del Estado, llevando el caso de una pensión alimenticia que arrastra tres años con impagos?
Depende de la comunidad autónoma, pero se perciben habitualmente en 2 fases porque al presentar la demanda tienes que justificar su presentación y te pagan una parte (70%) VARIOS MESES después (en algunas comunidades autónomas, tardan hasta 2 años en pagar) y cuando justificas la terminación, cobras el resto (30%) VARIOS MESES después (es decir, que prácticamente, te pasas el procedimiento adelantando dinero y trabajo). Hablamos de cantidades penosas (200-300 € en total en algunos procedimientos). Los procuradores cobran igual de mal y sólo
30 € que, a veces, no cubren ni las fotocopias. Cuando son procedimientos por los que el cliente percibe cuantías importantes (no creo que sea su caso), entonces, se puede pasar la minuta que corresponda al cliente al haber venido a mejor fortuna, y si cobraste algo del turno, debes devolver el dinero. Un saludo.