Primeramente debe precisar si usted es el querellante ofendido o si la imputación es en contra
suya. Los delitos contra el honor tienen finalidad de
causar un descrédito o repudio sobre la persona,sobre un hecho falso o verdadero.Si se abre procedimiento judicial el M.P. es su representante social y un abogado coadyuvante en el primer supuesto de que usted sea ofendido y en caso de que usted sea el demandado, claro que lo
necesita para que rebata las imputaciones en las
instancias judiciales.saludos desde Tijuana,México.