Si ha llegado a un acuerdo verbal, no puede hacer nada porque lo que tiene que cumplir es la sentencia o el convenio regulador. Si ella incumple debe denunciarlo, y solicitar la ejecución de la sentencia si incumple el régimen de visitas.
Debe contratar abogado y procurador.
Deberá solicitar abogado del turno cuando inicie un nuevo procedimiento ya que tanto una modificación de medidas (si procediera que no me parece el caso) como una ejecución de sentencia, son procedimientos independientes por lo que tendrá que volver a tramitar la justicia gratuita.
Para los recursos e incidentes de cada procedimiento que tenga, si se los llevará el mismo abogado a excepción del recurso de amparo o ante el TS en los que su abogado sólo anunciará el recurso.
Si tiene dudas, pregunte en el servicio de orientación jurídica o en colegio de abogados.
Un saludo.
Buenas tardes,
En septiembre 2007 me asignaron un abogado de oficio para llevar el caso de guardia y custodia de mi hijo, la sentencia se realizo en Junio 2008, mi pregunta es la siguiente:
¿Hasta cuando tengo derecho de seguir usando a dicho abogado?
¿O al salir la sentencia ya no me pertenece?
Esque me gustaria impugnarla pues llegado a un acuerdo con mi exmujer verval del finde semana que me corresponde al mes ella hace lo que le da la gana igual me lo da el primer fin de semana como al siguiente mes me lo da el ultimo, por lo cual me puedo tirar sin ver al niño casi dos meses.
Un saludo y gracias.
Espero haberme explicado bien.