Si usted ha pagado unas facturas a las que se habÃa comprometido a pagar la compañÃa contraria, puede reclamarles el importe de lo pagado en virtud del acuerdo suscrito.
Si usted no tiene en poder dicho acuerdo, deberá requerir formalmente a la abogada que le llevó el asunto para que le entregue dicho documento a los efectos de poder reclamar a la otra CÃa. Si no puede localizarla por el motivo que sea, envÃele un burofax.
Usted no es una profesional del derecho y no tiene obligación de conocer el procedimiento civil . Pero su abogada si, y parece que no la ha dejado trabajar .
El tema hubiese sido tan sencillo , cómo esperar a la reclamación judicial en cuestión , y presentar como prueba , el acuerdo en cuestión, hubiese sido un proceso fácil y sin consecuencias , en el que hubiese habido un fallo a su favor el cual usted, seguramente no tendrÃa la obligación de pagar nada.
Pero cayó en la trampa que le tendió la otra parte y pagó.
En derecho civil, hay una teorÃa llamada de " los actos propios ", es decir usted con el acto posterior de aceptar el pago , ha dejado sin valor y sin efecto , el acto anterior, el acuerdo firmado.
Con sus propios actos ha dificultado tanto el trabajo de su abogada , que no me extraña , que ahora se quiera desentender del asunto .
Su ::::::::::::" miedo a que me metan en una lista de morosos y los perjuicios que eso me puede causar, he pagado. :::::::::" , no tenÃa ninguna razón de ser , máxime cuando obró por su libre albedrÃo, sin comunicarle la notificación a su abogada.
Pero seguramente, ahora la única defensa que queda es probar que usted realizo el pago por ::::::::::::::ineptitud, negligencia, estupidez o algo parecido. ::::::::::y que en consecuencia no era consciente de sus propios actos cuando realizó el pago .
Sin embargo , cómo usted es una persona , inteligente, y en plena posesión de sus capacidades mentales , dicha prueba serÃa difÃcil. Y realizar ahora, cualquier acción judicial en su nombre , serÃa perder un pleito de antemano , y eso a ningún abogado le gusta, de eso si es responsable un abogado se llama " temeridad procesal " .
Pero siga usted reclamando ante cuantas Instituciones quiera y exponiendo su problema en cuantos foros quiera , a ver de que manera se puede denunciar a su abogada.
Porque en virtud de la "teorÃa de los actos propios", tendrá que pagar las dos facturas restantes. Más fácil no se lo ha podido dejar al abogado de la otra parte .