Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Abogado en juicio de faltas( y2)

2 Comentarios
 
06/04/2006 16:25
No necesidad, pero sí facultad:

Art. 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita:

"El derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:

Defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal mediante auto motivado para garantizar la igualdad de las partes en el proceso".


06/04/2006 16:23
Que yo sepa no es necesario avisar.
Abogado en juicio de faltas( y2)
06/04/2006 16:06
Gracias por vuestras respuestas.

Si fueras tan amables, ¿me podrías indicar donde viene tipificado la necesidad de avisar a través del juzgado la aportación del abogado por una de las partes?