Estoy de acuerdo con alis, por lo menos en mi ciudad pasa así.......no te cobran si está afiliado para un visita al abogado....pero como dice Helenio si te cobran cuando una vez presentada la demanda te cobran un %.
Pues leete los estatutos de tu sindicato y su página web y si pone claro que no se paga pues no se paga, y que te demande.
Pero esto va por barrios. Es decir, dentro del mismo sindicato, en la ciudad tal por ejemplo cobran hasta por dar una copia del convenio o por repasar un finiquito.
En otras ciudades no cobran ni a los no afiliados, hasta el momento de la demanda, en la que sí que pagan.
En fin, que es un cachondeo, como decía no se quién. Pero insisto que lo que digan los estatutos y/o la publicidad en su web es lo que vale.
Además creo que cobrar el famoso tanto por ciento está prohibido por algunos colegios de abogados, pero eso no lo sé seguro.
6. si lleva mas de uaño afiliado el sindicato no te cobra abogado¿.lo que no te cobran es la visita y la informacion, pero si vas a juicio te cobran un porcentaje,esto es lo que pasa en mi sindicato y sino lleveas mas de un año tambien te cobran las visitas.y te cobran lo mismo te informe un abogado o un asesor
Contratar un abogado que no conoces es como comprar un nº de lotería. Pero hay que tener en cuenta algunos datos:
1- Según me dijeron no hace mucho, en más del 90% de los casos de lo social la defensa del trabajador la lleva un sindicato.
2- Por poca experiencia que tenga un abogado del sindicato, se ve 4 o 5 finiquitos y despidos cada día.
3- Aplicando el dato 1, un abogado "de la calle" que no conozcas tiene muchas menos probabilidades de tener experiencia en lo laboral.
4- Un despido improcedente, en la mayoría de los casos, es un caso muy fácil, por lo que hay poco riesgo en coger un abogado de oficio.
5- Muchos abogados "de la calle" también están en el turno de oficio, por lo que no hay diferencia entre contratar a uno o a otro si no se conoce a ninguno.
6- Si llevas más de un año afiliado el sindicato no te cobra abogado, ni en el caso ni en el recurso.
7- Algunos abogados, del sindicato incluidos, se limitan a decirte que calcules tú mismo lo que según tú te deben y ellos se encargan "del resto" (rellenar los papeles). No te jode.
Hola:
Comparto la opinión de Ninfa.
Solamente quería aprovechar mi respuesta para saludar a la gran compañera Ninfa y decirle que no está equivocada y que los gastos de defensa jurídica en litigios con el empleador se consideran gastos deducibles para la determinación del rendimiento neto del trabajador.
En este pais, o estado, República Federal cronada o como coño se llame, de "chupa del bote" y "coge la pasta y corre" donde la aspiracion de todos es que sea público y gratuito (hasta los maridos buenorros de las vecinas) y vivir del erario público, hay subvenciones a mogollon. Entre otras: Sindicatos; partidos de fútbol y de los otros; ONG; iglesias varias; comites de recepcion y bienvenida a inmigrantes; excursiones del Inserso y asociaciones de vecinos y un larguisimo etc. etc. Pero de momento a abogados o para abogados no. (aúnque la minuta si no estoy equivocada, se puede meter como gasto en el IRPF) pero todo se andará. Hay que poponerselo a Caldera y tal vez la próxima legislatura...
Hablando en seio, lo que si hay es la posibilidad de que no te cueste ni un céntimo si vas al colegio de abogados de tu ciudad y pides un abogado de oficio.
Gracias Ninfa. Una cosa, es posible que haya algun tipo de subvención para el pago de los honorarios de los abogados del sindicato o algo similar? Es que me han comentado algo pero tengo mis dudas
En mimodesta opinión, no hay ni ventaja ni dsventaja.
Los abogados de los sindicatos estan igual de cualificados que los ejercientes libres. Es mas, algunos sindicatos tienen contratados a abogados de despachos profesionales de ejercientes libres como abogados del sindiato ademas de los que puedan tener en plantilla.
En cuanto a la minuta, si eres afiliado al sindicato, ésta te va a resultar mas económica.