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Abogado de turno de oficio

13 Comentarios
 
Abogado de turno de oficio
14/11/2011 05:48
He leido la ley 1/1996 sobre asistencia jurídica gratuita, pero no me ha resuelto mi duda.
Por mi situación económica, tengo reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, pero creo que está habiendo una gran dejadez en la atención a mi caso por parte del letrado que me asignaron, y eso me está ocasionando muy graves perjuicios. ¿Puedo, poniendo esto en conocimiento del Colegio de Abogados, pedir que se anule la designación de este letrado, y que se me asigne otro, o al ser nombrado como defensor del Turno de Oficio, por el derecho de asistencia gratuita, "me tengo que aguantar con este"? Saludos cordiales, muchas gracias.
14/11/2011 06:18
Añado otro dato más: remití un escrito al Colegio Oficial de Abogados, quejándome de la falta de atención de este letrado, para pedir la designación de otro. Así mismo, dirigí otro escrito a la juez encargada de mi procedimiento civil, con copia adjunta de mi solicitud de cambio de abogado, para pedir la suspensión del procedimiento en tanto en cuanto obtuviera respuesta del Colegio. Pues, desatendiendo el letrado mi solicitud de presentar su renuncia, y obviando la juez mi solicitud de suspensión de actuaciones hasta tanto se resolviera el conflicto con el letrado, celebraron una vista a la que yo no pude acudir por causas médicas justificadas, pues estaba siendo atendido en el servicio de urgencias de un hospital, y en esta se tomaron medidas por parte de la juez, que me han ocasionado graves perjuicios, y al día de hoy no conozco en absoluto el contenido de las actuaciones, en qué sentido intervino este letrado, ni el motivo por el que la juez ha tomado dichas medidas.
14/11/2011 10:11
La relación con el Abogado es "personalísima". Si has perdido la confianza en el que te designaron de Oficio, debes solicitar que te designen otro, en el Colegio de Abogados y con cargo a la "Justicia Gratuita".
No obstante, las actuaciones del Juzgado continúan en todos sus trámites, salvo que se produzca indefensión u otro supuesto que habría que analizar.
14/11/2011 10:16
La indefensión y el atropello por parte de la juez son tan bestiales, que ya me han aconsejado sobre las medidas, a tenor de las disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo General del Poder Judicial. Y lo que me comentas (espero no te moleste la confianza de tutearte) sobre la relación entre abogado y cliente, se me ocurre lo más lógico, pero en lo que estoy perdido es en cuanto a dónde se encuentra la legislación/regulación al respecto, ya que la lógica, huelga decirlo, no es fundamento de derecho. Muchas gracias.
17/11/2011 19:46
Con la "iglesia has topado", amigo.
17/11/2011 20:06
¿Y eso quiere decir...?
17/11/2011 20:20
Que has topado contra el poder. Y eso es imposible vencer.
17/11/2011 20:42
Se que eso es cierto, pero no es menos cierto que a algunos españoles todavía nos queda un poco de lo que hay que tener para empujar con mucha fuerza en la dirección adecuada. Si dejamos de hacerlo, aceptamos que lo correcto es lo que está mal, lo ilegal en este caso. Se lo que es tomar una determinación, y seguir con ella hasta las últimas consecuencias. Si de algo puedo presumir en esta vida, tal vez lo único, es que para bien o para mal Dios me ha dado una voluntad inquebrantable, por eso la juez referida recurre al delito puro y duro, pues sabe que con la suya no puede a la mía.
17/11/2011 20:52
En otro orden de cosas, mi consulta sigue sin responder, tal vez alguien tendría la amabilidad de orientarme sobre la normativa respecto a la obligación o no de asumir una representación jurídica, cuando esta deja manifiesta su desinterés e incluso negligencia... Gracias
17/11/2011 23:13
Tu pruebalo, vete pagando una visita, y a ver qué te dicen.
Te van a decir que no tienes razon. Y que ademas nada se puede hacer.
El mejor te va a decir , que te olvides.
Ya puedes tener espiritu de "Don Quijote", que eso vale poco, salvo para agobiarte.

No tendras quien te acompañe en tu cruzada.
17/11/2011 23:42
Te agradezco el interés en mi pregunta y tus respuestas Invit, sólo me gustaría preguntarte una cosa, eres abogado? Gracias
18/11/2011 10:12
Repito lo dicho más arriba. Acude al Colegio de Abogados para que te designen otro, debido a la pérdida de confianza.
18/11/2011 13:24
Eso ya lo hice, y no he obtenido respuesta aún del Colegio Oficial. Es por este motivo, remontándome al inicio de mi post, por el que pregunté, aparte de la ley referida, la 1/1996, si hay alguna otra ley referente al funcionamiento del servicio de Turno de Oficio. Muchas gracias.
18/11/2011 13:38
Para el colegio, el abogado y la propia juez "todo fue correcto".
Llama al colegio, departamento deontologia, o dep justicia gratuita, y pregunta "directamente", que no estas conforme y si puedes pedir cambio.
No hace falta que te molestes en presentar queja.