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abogado de oficio / abogado de pago

11 Comentarios
 
Abogado de oficio / abogado de pago
02/11/2004 11:42
Buenas tardes,ante todo gracias por escucharme, necesito hacer una consulta
a un abogado y los nervios me impiden ver como se hace.

Expongo mi problemas por si alguien me puede audar; mi hermano esta en
prision preventiva poco mas de un mes , no tiene antecedentes penales y es
la primera vez que comete un robo con intimidacion bajo el efecto de la
falta de drogas, es un chico casado y con dos niños, el problema esta en que
un familiar nos aconsejo un abogado de pago e hizimos una recolecta para
pagarle lo que nos pidio por sacarlo, el caso es que despues de pagarle nos
dice que la abogada de oficio se niega a darle el caso si no le pagamos 600
euros por pasar el caso , no se si me explico pero con los nervios no atino,
el tema ahora mismo esta en que la abogada de oficio se niega a darle el
caso al abogado de pago si no le damos 600 euros, con lo cual no puede sacar
a mi hermano de la carcel, no tenemos dinero para pagarle a la de oficio ¿
que hacemos , es normal que despues de pagar al abogado este no pueda hacer
nada? por favor ayuda urgente.

Atentamente

Lola
02/11/2004 18:25
No se si te puedo ayudar mucho, pero tengo entendido que los abogados de oficio cobran por parte del Estado, así que no veo lógico que se le deba pagar ni un euro por traspaso de caso.
02/11/2004 22:55
Gracias Albajara, porfavor que no caiga en saco roto mi mensaje,necesito una respuesta , van pasando los dias y nadie me aclara nada, estoy desesperada.
perfil J.
03/11/2004 09:07
Ve al colegio de abogados y expón allí el caso.
03/11/2004 12:29
J...crei que me podiais orientar...si pudiera ir al colegio de abogados no hubiese molestado aqui..

Gracias de nuevo
03/11/2004 19:48
En el ambito penal, y más tratándose de causa con preso, el derecho del justiciable a la elección de abogado de confianza que ejerza el derecho de su defensa está por encima de cualquier otro interés,(Art. 24. C.E.) en este caso, el puramente económico del abogado actual. Esto no significa que al letrado, aunque sea de oficio, no haya que pagarle sus honorarios, aunque bastaría inicialmente con llegar a un compromiso de pago futuro. La venia, en caso alguno, actualmente, puede quedar supeditada al pago de los honorarios debidos, bastaria simplemente con pedirla y en caso de no concederse o no contestarse, acompañar el escrito de solicitud al designa o poder, en el que los nuevos profesionales se pesronan en el procedimiento. En cualquier caso, se trata de un tema Colegial, y el abogado que asume la defensa como particular debiera conocer y haber puesto en vuestro conocimiento al tiempo de establecer su provisión de fondos, pues por etica profesional le corresponde hacer todo lo tendente a que el compañero anterior cobre los honorarios devengados.
Un saludo y suerte.

P.D. Recordad siempre que las "libertades" las dan y firman los jueces, nunca los abogados.
05/11/2004 18:51
Absolutamente de acuerdo con el mensaje de mi compañero R.C. En la actualidad no es siquiera necesaria la solicitud de venia, se sigue haciendo por cortesía profesional, pero el abogado saliente no puede denegarla en ningún caso, máxime cuando éste ha sido designado de oficio, puesto que el cobro de honorarios está garantizado. El justiciable tiene total derecho a nombrar un abogado de su libérrima elección en cualquier momento del procedimiento y dejando al margen cuestiones de ética profesional, me parece tan poco ético no hacer lo posible para que el compañero saliente cobre los honorarios devengados, como denegar una venia cuando el cliente ha perdido la confianza en el profesional, por las razones que sean.
Absolutamente de acuerdo con la PD de RC
Un Saludo y mucha suerte.
PD Creo que el Artículo del Estatuto de la Abogacía es el 25, pero en este momento no estoy segura
25/11/2004 15:09
No se si te ayudare mucho, pero comentarte sobre mi experiencia personal, yo tenía asignado un abogado de oficio y cambié a uno de pago, éste último me comentó que para hacer el cambio de poderes posiblemente el abogado de oficio nos pediría una cantidad, pero hasta que el de oficio no aceptara el trapaso y dijera la cantidad el de pago no nos pediría nada. Ahora ya hemos hecho el cambio y mi abogado de oficio no nos ha pedido nada, pero podía haberlo pedido perfectamente. Mucha suerte.
¡¡¡Menuda pega!!

Normalmente los abogados de oficio en cualquier país son gratuitos ya que a ellos les paga el Estado, y ahora me entero que en España el ser abogado de ofico es un gran negocio, ya que recibe salarios del Estado y además cobra a sus defensos o a los familiares de éstos.

Cebe decir que en los Estados Unidos de América, la defensoría de oficio se integra también con los letrados que por turno, son designados por el colegio para defender a algún pobre diablo que así, sin pagar ni un céntimo, se puede ver beneficiado con la defensa a cargo de un famoso abogado.

En mi país, ya llevo a varios abogados de ocicio denunciados por cobrar a los familiares de sus defensos, porque tal conducta es un delito siendo de oficio, supongo que en España también es un delito, de lo contrario carece de justificación la existencia de una defensoría de oficio que deba de ser gratuita, para eso, mejor desaparecerla.

Además de injusto para los procesados y sus familiares, la institución de la defensoría de oficio española, tal y como la estoy viendo, es una competencia enteramente desleal para los abogados que ejercen libremente su profesión.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
Alejandro.
26/11/2004 11:41
Lic. González, antes de hablar, por favor, asegurese de saber que sabe de lo que habla.

Los abogados de oficio son gratuitos si se te conceden, pero sólo si llevan todo el caso. Si alguien tiene un abogado de oficio y antes de acabar decir cambiar, es normal que el abogado de oficio pida que sus honorarios, hasta ese momento, los pague el cliente, pues el abogado habría hecho su trabajo y el Estado no le pagaría por no acabar con el tema.

Curioso que alguien de México nos venga a intentar dar lecciones, he vivido en ese país y los abogados son gran parte del problema de la corrupción que existe.
27/11/2004 15:23
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.

Julián:

Debido a la costumbre de pensar en las instituciones americanas, olvidé por completo la Ley de Asistencia en el procedimiento Penal español, la cual en alguna ocasión consulté para conocerla, por lo que reconozco mi error y pido disculpas por la omisión acotada, sin embargo hago notar que continúo opninando que es indebido que el procesado deba pagar honorarios a un defensor de oficio tan sólo porque lo substituye, aclarando que en México la substitución es imposible ya que cada juzgado cuenta con uno o más defensores de oficio adscritos a quienes el Estado remunera con sueldos como a cualquier servidor público, independientemente de que atiendan pocos o muchos defensos.

Párroco Pacorro:

La realidad de un país es una cuestión que no se conoce más que viviendo en él, en cambio las leyes de ese mismo país se pueden conocer estudiándolas, la realidad de un país es una cuestión política muy ajena a la legislación que tenga.

En cuanto a la existencia de foros de debates jurídicos en México, hat varios, y en uno de ellos varios españoles, mejor debo decir que varias españolas han accesado para formular consultas y se les ha atendido cortés y gentilmente, cuento con sus direcciones de correos para comprobarlo, pero lo mayormente importante es que, a pesar de que en ocasiones sus consultas se han relacionado con el derecho español, de cualquier manera se les ha atendido cortésmente invitándoles a que visiten este foro de Pórtico Legal por ser el idóneo.