Entonces CrisF entiendo que si el "salario pactado " es menos al corresponidiente por convenio inclso aplicando los 60%y 75% se ha de aplicar este ultimo... no ?
( me parece muy fuerte contratar de esta manera a una persona por 600euros brutos mes incluidas pagas )( perdon por verter mi opinion....)
mientras se cumpla la normativa del contrato en prácticas yo no veo problemas
Salvo que en convenio regule algo, el estatuto dice que
La retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60 o al 75 % durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo
Pero como abogado en prácticas, no como auxiliar de abogacíia en practicas
Estimados amig@s :
Tengo entre manos un tema que me plantean y que tras estudiarlo levemente me crean dudas para empezar :
Un recien licenciado puede ser contratado en practicas bajo la denominacion "auxiliar de abogacia" y convenir un sueldo anual ????
Entiendo que deberia de aplicarsele el convenio colectivo de oficinas y despachos en concreto pero las dudas me la crea la redaccion del art. 7 del RD 1331/2006 cuando habla de sueldo convenido.
Que entendeis ? ( la duda logicamente sale por que lo "convenido " es mucho menor que lo recogido en el convenio colectivo de oficinas y despacho que entiendo es de aplicacion.