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abandono?

4 Comentarios
 
Abandono?
28/07/2011 16:24
mi pregunta es la siguiente yo tengo la custodia de mi hijo vivo en galicia y me voy a vivir a malaga hable con el padre de mi hijo y verbalmente me dijo que no habia problema y que se quedaba al cuidado del niño temporalmente mi pregunta es al hacerlo verbalmente si mi exmarido me quiere hacer daño me puede denunciar por abandono? yo quiero hacer una carta ante notario eso me valdria?
28/07/2011 20:10
Hola:

El procedimiento correcto sería interponer demanda de modificación de medidas. Demanda que resolverá un juez, nadie, excepto un juez. puede cambiar lo que dictó otro juez. Si no quiere problemas a posteriori no le queda ninguna otra opción. Cuando hay menores de por medio especialmente, no sólo todo tiene que pasar por la aprobación de un juez, sino del Ministerio Fiscal, el cual representa y debe defender los intereses de los menores. No, estos, negociables entre terceras partes. Un notario no puede suplir ni a juez ni a fiscal.

Luego, si, su ex podría denunciarle y no, no valdría un convenio entre ustedes ante notario, menos cuando se trata de temas relacionados con su menor hijo o, incluso, si serían temas que ya estaban regulados por un juez mediante sentencia, sería papel mojado.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
perfil Bri
28/07/2011 20:34
Completamente de acuerdo con PulpoPaul.

Si no hay ningún tipo de problema, mi consejo es que acudan al juzgado, y de mutuo acuerdo modifiquen las condiciones de custodia, régimen de visitas y demás cuestiones que afecten al menor.

Saludos.
28/07/2011 21:01
mi pregunta es si el puede denunciarme por abandono aun firmandome el una carta ante notario que no me va a denunciar ni hacer nada
otra cosa es cambiar despues la custodia del peque
perfil Bri
28/07/2011 21:14
Sí, puede denuciarla. Y la denuncia admitirse a trámite, enjuiciarse el cso, usted ser condenada por abandono de familia y perder la custodia del menor.

Si precisamente es a usted a la que no le conviene en absoluto hacer eso ante un notario.

Además, piense que hoy pueden ir ambos a firmar una carta ante el notario estipulando una serie de cosas, y mañana, puede ir el padre de su hijo solito otra vez al notario y firmar una carta que diga "donde dije digo, digo Diego".

El notario no es nadie para cambiar los términos de una sentencia judicial; sólo da fé de que ustedes firman una serie de condiciones un día X a una hora Y.

PulpoPaul se lo ha explicado estupendamente.