¿Qué puede hacer una mujer de 70 años que vive en una casa propiedad de su marido y de ella si el marido, que abandonó el hogar familiar hace más de 25 años, ahora le ha comunicado que va a volver y que piensa vivir en ese domicilio?
En su día no se tramitó la separación ni el divorcio.
Tampoco se le denunció.
El marido es bastante violento.
Perfecto, pero el problema es que la llegada del Sr. es inminente y piensa entrar en la casa sí o sí porque es propietario. ¿Ante esto qué se puede hacer? ¿Puede entrar sin más?
Yo había pensado suscribir un contrato de arrendamiento a favor de un tercero para evitar la entrada en tanto en cuento se tramita el divorcio. ¿QUé os parece?
Fraude de ley. Pero aún así, si ella se marcha y mete a un inquilino, piensa que ya no será el domicilio familiar, con lo cual, se puede otorgar a cualquiera de los dos. Y además, solicitar en su momento la liquidación de la sociedad ganancial.
Reitero que solicite el divorcio, que se soliciten medidas cautelares y supongo que el caballero no tienen llave porque se habrá cambiado la cerradura. Si es así, no se le deja entrar hasta que un juez determine lo que sea oportuno y se acabó. Si se puede llegar a un acuerdo, mejor que mejor y si se pone agresivo se denuncia solicitando orden de protección.
Salvo mejor criterio jurídico.
Un saludo.
Nuria, hace 25 años no estaba en vigor la LVG. Afirmar que "es bastante violento" una persona a la que no se le ve el pelo en 25 años, me parece un adorno muy folckórico de cara a la nueva situación que se les avecina.
Si la casa es de los dos, los dos son copropietarios, más que atribucion a una de las partes, lo que deberían hacer es pensar en cuanto soliciten el divorcio, en LIQUIDAR la vivienda y que cada cual recoja su parte, para acceder en iguales condiciones a un alquiler, una compra o una residencia (dada la edad).
Respecto a si se pone agresivo, supongo que a nadie le hará gracia llegar a su casa y ver que no puede entrar. Haber si todavía, el cambio de cerradura, juega en su contra.
Busquen un acuerdo equilibrado que reconozca los derechos de ambas partes sobre la propiedad, que es lo que realmente evitará agresividades y tensiones, pues no sería de justicia, consolidar una especie de usufructo vitalicio, que negase a uno de los propietarios, en vida, toda posibilidad de disponer algún día de parte de su patrimonio.
Sin entrar en detalles, que los hay para dar y regalar sobre la violencia de este Sr., te comento que cuando se fue dejó 4 hijos menores y una mujer ama de casa y no quiso saber nada más de ellos, sin que ninguno conociese el paradero del Sr. a los efectos de notificarle decisión judicial alguna. Además, la casa no estaba totalmente pagada.
Y aparece ahora sin querer acuerdo alguno distinto a ocupar el domicilio conyugal...
Sin entrar en detalles, los niños menores, ya son mayores y debieran tener su independencia económica.
Los rencores y sufrimientos del pasado, con las visiones de cada cual, propias o inducidas, debieran quedar en el pasado, a la hora de enfocar el problema que se les avecina, y que no es otro que liquidar, lo que quedó pendiente de liquidar.
Lo del paradero desconocido, ese argumento flaquea, en cuanto si se hubiese instado cualquier procediemiento en su día, se hubiese hecho en rebeldía del demandado y se hubiese notificado vía boletines provinciales, edictos, etc. No se hizo y hay lo que hay, una separación de hecho y no de derecho.
En cuanto a lo pagado, quien pueda acreditar que ha pagado, pues que intente hacerlo valer a la hora de liquidar.