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abandono domicilio conyugal

2 Comentarios
 
Abandono domicilio conyugal
18/01/2014 10:10
Buenos días:

Agradecería vuestros consejos en un asunto profesional. Se trata de un caso de ruptura de una pareja de hecho, no inscrita en Registro Oficial de parejas de hecho, con dos hijos menores de edad. La convivencia resulta muy difícil, mi cliente es el padre. La madre está desempleada pero su patrimonio es mayor que el de mi cliente. Mi cliente trabaja, con contrato temporal y únicamente tiene 800 euros de ingresos mensuales. La madre está en desempleo (oficialmente), cobra una prestación de desempleo superior a los ingresos de mi cliente pero lo cierto es que desempeña otros trabajos (como socia de una sociedad aunque claro no consta en el Registro Mercantil como socia) y tiene más ingresos (en B). Así lo demuestra el gran número de bienes que tiene (variso coches de alta gama....). El caso es que mi cliente no puede más, quiere o mejor dicho necesita irse de la casa, con sus hijos. La madre lo maltata psicológicamente pero él no quiere iniciar ningún procedimiento por estos hechos. No quiere quedarse en el domicilio conyugal (el domicilio está a nombre de la madre y ésta está abonando una hipoteca, de la que ella es la titular).
Mi cliente quiere la custodia individual, no quiere la vivienda conyugal (a pesar de solicitar la custodia individual) y una pensión de alimentos a cargo de la madre.
Los problemas que yo encuentro en este caso son:
Mi cliente tiene menos disponibilidad de tiempo que la madre ya que mi cliente trabaja durante casi toda la semana y la madre (oficialmente) tendría todo el tiempo del mundo.
La madre únicamente tiene (oficialmente) como ingresos su prestación de desempleo y para solicitar una pensión de alimentos alta creo que tendré muchos problemas de prueba.
Mi cliente quiere irse de la casa ya y llevarse a su hija porque no puede más y además la madre más de una vez le ha dicho que se vaya de la casa, pero claro sin los menores. Yo en estos casos envio un burofax, indicando el domicilio en el que se encuentra la menor, señalando los motivos del abandono del domicilio conyugal y diciendo que puede ir al nuevo domicilio cuando así lo desee.

¿Cómo véis el asunto? ¿Cómo actuáis vosotros en los casos en que vuestro cliente necesita salir de la casa? Agradecería mucho vuestros consejos. Muchas gracias de antemano por vuestra atención.
18/01/2014 15:43
Hola dafo,
En mi opinión, tienes dificilísimo conseguir la custodia para el padre, salvo que el sea el que se encarga habitualmente de la menor y puedas acreditarlo muy bien, pero, entiendo que esto no será así y, probablemente, será la madre quien se ocupe de forma habitual de la menor, si esto es así, es prácticamente imposible que se le conceda la custodia al padre.
En cuanto a la pension de alimentos, si pretendes solicitar la custodia para el padre y visitas para la madre y pension de alimentos, vas a tener que demostrar todo eso que dices que cobra en b, además del alto nivel de vida que lleve, la prestación de desempleo, aunque sea alta, esta se acabara.
Yo aconsejaría a tu cliente que abandone la vivienda, si la situación es tan difícil, pero que no se llevara a los menores, insta la demanda de medidas paterno filiales y solicita medidas provisionales.
Si no hay posibilidad de acuerdo y, si no existen circcunstancias que puedas acreditar que eprjudican a la menor -o menores- tal vez seria preferible, considerar que la custodia, con toda probabilidad se le concederá a la madre- e intentar un regimen de visitas lo mas amplio posible.
Naturalmente, ti conoces mejor las circunstancias que concurre y, si por los ópticos que sea consideras viable que se le pueda conceder la custodia al padre, adelante.
Un saludo y mucha suerte.
18/01/2014 19:07
Muchas gracias por contestar Katia. En este caso mi cliente era el que habitualmente se ocupaba de los niños pero ahora se pasa muchas horas trabajando aunque podria llevar a los niños al colegio por la mañana y estar algunas tardes con ellos. Él lo que quiere es cuidarlos el tiempo que tenga libre diariamente y que estén en su casa por la noche. Lo malo es que la madre en este sentido tiene mucho que ganar porque en principio es que la que más tiempo tiene para dedicarse a los menores.
En cuanto a abandonar él la vivienda familiar sin llevarse a los menores, el problema es que la madre no le dejará ver a los niños hasta que el Juzgado le obligue y tampoco quiero que pueda parecer que mi cliente incurre en dejación de sus deberes respecto a sus hijos.

Un saludo katia.