Añado una cosa a lo que dijo Llobu, que fijo no vió su segunda pregunta...
En caso de accidente de trabajo, no pueden descontarle nada de la nómina, es decir, si usted se tiene un accidente laboral y tiene que ir al médico (o, recibir asistencia sanitaria en general), el salario correspondiente al día del accidente se lo debe abonar íntegramente la empresa. Si consecuencia del accidente le dan una baja por accidente de trabajo, la baja la pagará la mutua desde el día siguiente al del accidente.
Si es por enfermedad común ya se lo explicó Llobu.
Buenas! Quería saber: si debo retirarme del trabajo por no encontrarme bien, con autorización y justa causa y más, presentando al otro día el justificante médico. A la hora de hacer mi nómina me pueden deducir esas horas q no estuve? o sea, se puede fraccionar ese día trabajado para no pagarme las horas q no estuve efectivamente? Yo trabajo en barcelona, y estoy fijo desde hace 4 años.
Un caso más común, si me accidento en el trbajo y logicamente me impide continuar trabajando ese turno, se descuentan las horas que faltaban de ese dia en la nómina?
Desde ya muchas gracias!