Coincido en que lo aconsejable es llegar siempre a un acuerdo (y ratificarlo en el juzgado y que el juez sentencie)
Mientras no exista resolución judicial que regule custodia, patria potestad, visitas, alimentos, gastos extra y resto de condiciones cualquiera de los progenitores puede custodiar en solitario a los hijos menores, incluso con la oposición del otro, sin que ella suponga que infringe nada legalmente. Infringe legalmente quien, existiendo resolución judicial sobre custodia, patria potestad, visitas, alimentos, gastos extra y resto de condiciones, traslada el domicilio del menor sin autorización judicial.
En España abandono de hogar no existe legalmente, existe abandono de familia, refiriéndose a que quien debe cubrir las necesidades de un menor no las cumple (nunca por irse del domicilio común)
Yo en tu caso, lo primero seria hacer un documento en el cual el esta deacuerdo de que tu te vayas con la niña a casa de tus padres. Para que el no te pueda denunciar por abandono. En el caso que no puedas llegar a un acuerdo con el dejaria constancia en los servicios sociales de tu ciudad tu decision de marcharte del domicilio familiar, para que el no pueda tomar represalias legales hacia ti, pero lo mas aconsejable es lo trimero que lleges aun acuerdo con el. aespero que te sirva lo que te comento. adios
soy una mujer, entre mi pareja y yo se ha terminado todo, y yo quiero que cuando mi hija termine este curso irme de casa con ella a casa de mis padres ya que en donde vivo no pinto nada, yo a mi marido no lo voy a impedir que vea a su hija cuando quiera. ¿que consecuencias podría tener?