No soy letrado, pero por experiencia propia, te puedo comentar lo siguiente:
Se puede ir de casa, pero para que no se considere abandono de hogar, hay que interponer una demanda de separacion antes de un plazo determinado (no estoy seguro, pero creo que son 30 días).
Yo tengo el caso de una amiga similar, quiere abandonar el domicilio conyugal, pero el problema es que tiene un hijo y si abandona el domicilio le puede traer problemas a la hora de pedir la custodia. Cual seriá la mejor opcion para no perder derechos sobre la custodia del hijo y poder abandonar el hogar?
No hay problema para que se vaya de casa, para que exista abandono de familia (es un delito) se exige que se deje de prestar la asistencia obligada frente a los descendientes u otros familiares,a si que si tu amiga sale de acsa y su amrido trabaja no hay delito alguno.
En todo caso lo lógico eds que tras salir de casa solicitase cuanto antes emdidas provisionales.
http://blogjuridico.blogspot.com/
Muchas gracias ferro pero a que te refieres con que ya no hay tal?
Otra cosa, si se marcha de casa antes de interponer la demanda se considera abandono de hogar verdad? tendria que interponerla y luego puede marcharse de casa??
Como se haria??
Gracias
Mi pregunta es la siguiente: tengo una amiga que quiere separarse alegando falta de afettio maritatis, quiere marcharse de casa,si lo hace seria abandono de hogar?? Como seria el tramite..
Muchas gracias