En realidad todos los hijos tienen obligación por igual de cuidar de los padres si estos no pueden por sí mismos. Es la obligación de alimentos a familiares, artículo 142 y siguientes del código civil. Pero no es obligatoriamente cuidando de ellos personalmente, podría ser procurandole una residencia o contratando a una persona para su cuidado.
Buenos días,expongo mi caso
Vivimos con mi padre mayor mi hermana,mi marido y yo pero somos en total 6 hermanos. Siempre me he hecho cargo tanto de mi madre fallecida hace 4 años como de mi padre ahora. El problema es q mi padre empieza a no querer cooperar,no se mueve y no hace nada por el.
La pregunta es:¿que yo viva aquí quiere decir q si o si tengo q hacerme cargo de el aún siendo más hermanos? ¿Si quiero mudarme,se consideraría abandono? El seguiría viviendo con mi hermana mientras se solicita la ley de dependencia para buscar un centro.
Ante todo muchas gracias y espero su respuesta
Saludos