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Abandono de local entregando las llaves

1 Comentarios
 
Abandono de local entregando las llaves
20/05/2015 09:18
Mi inquilino a abandonado un local comercial destinado a BAR de la siguiente manera, el contrato terminaba en fecha 30 de noviembre de 2015 y con fecha de 15 de mayo de 2015 me dice que se marcha y dos dias despues me entrega las llaves su esposa a lo cual yo le pongo en su conocimiento y le entrego un documento de rescision de contrato por desistimiento con reconocimiento de deuda, asi como un boletin de la compañia encargada del suministro de energia para darle de baja y dar una nueva alta, a mi nombre, el caso es que el contrato esta a a nombre de un arrendatario el cual no a aparecido a darme las llaves ni firmar nada, ha sido su esposa quien me ha entregado las llaves en mano, pues es quien pagaba todos los gastos "segun version de la esposa" y no aguantaba mas, el tema es que debo hacer para volver a alquilarlo, si el arrendatario a quien el contrato esta vinculado no aparece?, o no quiere saber nada?
22/05/2015 12:35
Hay que saber si figura en el contrato que el inquilino puede irse antes del tiempo de duración convenido. Si es así, nada impide que el contrato se extinga, puesto que está previsto .
Si en el contrato estaba previsto el desistimiento del contrato de local de negocio y el pago de alguna indemnización por desistir antes del plazo, le tendrá que solicitar al inquilino que cumpla la indemnización.
Debe mandarle un burofax en el que detalle lo ocurrido: que con fecha 17 de mayo la esposa del arrendatario ha puesto las llaves del local de negocio a disposición del arrendador, sin haber éste recibido ningún preaviso ni notificación fehaciente en el que el arrendatario le comunicara su intención de abandonar el local de negocio.
El burofax se tiene que dirigir al arrendatario y éste debe firmar su recepción, o en caso de que lo rehuse tiene también efectos legales, al llevar el sello de correos. El hecho de haberla dado el documento de reconocimiento de deuda a la esposa, si ella no es la arrendataria, no tiene validez.
cicabogada@hotmail.com