Hola tomcolnat. A falta de poder examinar ambos contratos y disponer de más datos, de los aportados en su consulta la solución más rápida y eficaz es que la arrendadora interponga a través de abogado y procurador acción de resolución de contrato por impago de rentas vencidas y no satisfechas acumulando acción de reclamación de las mismas, indicando asimismo mediante otro sí que se de traslado de la demanda al subarrendatario al solo fin objeto de que puedan comparecer e identificarse para aportar al actor, o en el juzgado, el título que les habilita para su ocupación.
De esta forma conseguirá extinguir ambos contratos( el de subarrendamiento queda automáticamente extinguido por la resolución del contrato de arrendamiento del que trae causa) y lanzar a todos los ocupantes del local (arrendatario y subarrendatario).
Hola, mi caso es un poco peculiar y lo comento a continuación a ver si me podéis asesorar como actuar.
Tengo un familiar que tiene alquilado un bar, le llamaremos a inquilino (1), a su vez este lo realquiló en mayo del 2013 a otra persona (inquilino 2), siempre con permiso de la dueña, el caso es que, el inquilino (2) únicamente pagó el alquiler de un par de meses al inquilino (1) y este a la dueña cinco o seis meses, por lo que lleva bastantes meses sin cobrar alquiler alguno, aparte del impago se agrava la circunstancia, por que el contrato de alquiler al inquilino (2) terminó el pasado 10 de mayo, no queriendo abandonar el bar, puesto en contacto con el inquilino (1) que es quien la dueña realizó el contrato de alquiler, me dice que ha ido a la policía nacional a poner denuncia y le han informado que quien tiene que poner la denuncia al inquilino (2) para que abandone el local, tiene que ser la dueña, cosa que no entiendo, ya que quien formalizó un contrato con el inquilino (2) fue el inquilino (1), en ningún caso la dueña, la justificación es que, como ha vencido el contrato ya es cuestión de la dueña, además se da la circunstancia que, por lo visto la luz la tiene cortada por impago, pero tiene luz por que la tiene puenteada, y el inquilino (1) dice a la dueña que además la interesa por justificar la demanda en una fecha por lo que pudiera suceder (incendio, etc.) y que la responsabilidad civil recaiga sobre él y no sobre la dueña del local.
También tengo conocimiento que en todo lo que ha durado el contrato (1 año) no ha abonado nunca ni seguridad social y a hacienda.
Bueno espero me aconsejéis al respecto, ¿tendría que denunciar para el abandono del local al inquilino (2) el inquilino (1), o por el contrario, mi familiar (la dueña) que no ha tenido contacto alguno con el inquilino (2)?.
Espero vuestro asesoramiento, muchas gracias de antemano.