Mi madre falleció hace 4 meses, y yo vivo en mi casa de siempre con el marido de mi madre, él tiene una pensión aceptable y se vale por sí mismo, quiero decir, que no tiene ninguna minusvalía, yo tengo novio hace 4 años, está semana me fui con mi novio de viaje una semana, y el marido de mi madre me llama y me dice que me va a demandar por abandono de hogar, pq lo dejé solo y abandonado a su suerte, puede denunciarme ? En ese caso, qué hago? Yo soy una mujer adulta de 46 años y estoy en paro. Gracias.
No existe el abandono de hogar como delito, desapareció hace ya muchos años.
Sí que existe el delito tipificado en el art. 226 y 229 del Código Penal, normalmente referido como abandono de familia, que hace referencia únicamente a dejar desatendido a alguien necesitado, no al hecho de tener que vivir con él:
226. “El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses”.
229. "El abandono de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años. 2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años".
Aquí por lo que dices este hombre ni está necesitado ni tienes tú tampoco obligación familiar alguna.
Lamento escuchar sobre el fallecimiento de tu madre y la situación complicada que estás viviendo. Aquí hay algunos puntos importantes que podrías considerar:
Situación legal del "abandono de hogar": El concepto de "abandono de hogar" generalmente se refiere a la situación en la que uno de los cónyuges abandona el hogar conyugal sin causa justificada, lo que podría tener implicaciones en un proceso de divorcio o separación. Sin embargo, no parece aplicable a la relación entre un hijastro y su padrastro, especialmente si ambos son adultos.
Obligaciones legales de cuidado: En general, la ley no establece una obligación legal específica de un hijastro adulto de cuidar a su padrastro, especialmente si este último es capaz de valerse por sí mismo y no tiene una discapacidad que requiera cuidados especiales.
Demanda por abandono: Es poco probable que el marido de tu madre tenga una base legal sólida para demandarte por abandono, dado que no existe una obligación legal clara de tu parte de cuidarlo, y menos aún en una situación donde él es autosuficiente.
Qué hacer en caso de demanda:
Consultar con un abogado: Si el marido de tu madre sigue adelante con la amenaza de demandarte, lo mejor sería consultar con un abogado especializado en derecho de familia para que te asesore sobre tu situación específica y te ayude a responder legalmente.
Documentación: Mantén un registro de todas las comunicaciones y eventos relacionados con esta situación. Esto puede ser útil en caso de que necesites defenderte de cualquier reclamo legal.
Mediación: Considera la posibilidad de buscar una solución a través de la mediación familiar. Esto puede ayudar a resolver conflictos sin necesidad de llegar a un proceso legal.
Apoyo emocional y práctico: Además de la situación legal, es importante considerar el aspecto emocional. Perder a un ser querido puede ser muy difícil, y las tensiones familiares pueden complicar aún más la situación. Busca apoyo emocional si lo necesitas, ya sea a través de amigos, familiares o un profesional.
En resumen, es muy improbable que una demanda por abandono prospere en este contexto. Sin embargo, buscar asesoramiento legal te proporcionará la seguridad y las herramientas necesarias para manejar cualquier acción que el marido de tu madre pueda intentar.