Últimamente han sido recurrentes los viajes de mi esposa a pueblos aledaños a la ciudad donde vivimos, ella alega que estos viajes, en los que se va de la casa los sábados por las mañanas y regresa los domingos a eso de las 6 de la tarde, son por motivos de trabajo, consultorías que le asignan en estos pueblos; no obstante, me he enterado hace poco que estos viajes no son por motivos de trabajo, sino que ella va a quedarse en casa de su amante durante el fin de semana, dejándonos a nuestra hija de 15 años, y a mí de 81 años, solos en casa, con la compañía en momentos de empleada doméstica y una inquilina que reside con nosotros. La pregunta es, ¿puedo alegar abandono de hogar frente a esta situación tan recurrente?
Estás impedido? necesitas atención las 24 horas del día? las necesidades de tu hija no las puedes cubrir tu en 2 dias? irse 2 dias a la semana por ahí no es abandono de hogar, sin tener en cuenta que el delito de abandono de hogar no existe como tal en españa.
La cuestión no radica en que yo pueda cuidar o no a mi hija, radica en el engaño, en el adulterio, mi esposa se va todos los fines de semana a pasar estos días con su amante, por eso la pregunta es, qué se puede imputar frente a esta situación en un proceso de divorcio y custodia de mi hija,
El adulterio no es un delito. Si quieres divórciate, para divorciarse no es necesario alegar causa alguna.
Ella no es peor madre solo por que tenga una relación fuera del matrimonio.