He leido que se considera abandono de familia cuando hayan pasado treinta días sin haber solicitado demanda de separación /divorcio. Donde esta esto regulado?
El abandono de familia en el derecho español no existe, a no ser que quien "abandona" a la familia la deje en la miseria, lo que no suele suceder.
Un matrimonio puede vivir en distintos domicilios durante años, y no hay abandono de familia.
El único plazo de 30 días para presentar la demanda de separación o divorcio se establece en los casos de Órdenes de protección (procedimiento de violencia doméstica: las medidas civiles de la orden desaparecen si a los 30 días no hay presentada demanda de divorcio), y en las medidas provisionales (también caducan si en 30 días no se presenta demanda de separación o divorcio).