Se puede imponer el pago de los alimentos no desde la fecha de la sentencia sino desde la fecha de presentación de la demanda, pero habrá que pedirlo, coméntaselo a tu abogado.
Estamos en proceso de divorcio.
La continuación del juicio es en diciembre ya que se pospuso para la realización del psicosocial. El cual ya tenemos el resultado y la fecha de juicio es en diciembre. En dicho informe queda reflejado que los niños conviven conmigo desde febrero de este año y que el padre no se hace cargo de los menores ni tienen contacto con el. Aparte de que la custodia aconsejan que sea para mi.
Desde febrero no se hace cargo de ellos ni pasa un solo euro ni quiere llegar a aun acuerdo. Todo lo dilata para no hacer frente a la pensión de alimentos dejándonos a los niños y a mi en una situación bastante delicada.
No se pueden pedir atrasos? No se puede hacer nada?