Estercarro, yo no apostaría con Leonjbr pues mucho me temo que le va a ganar. Tiene toda la pinta de que la intención es quedarse, si no con toda, con parte de la fianza. No obstante, poniendo el tema en manos de un abogado si ello ocurriera no debería ser difícil conseguir la devolución integra.
Yo de usted buscaría el consejo de un profesional ahora para ver en que términos debe comunicar su intención de no renovar el contrato y no esperar a cometer algún error que pueda aprovechar el propietario.
EsterCarro: efectivamente su contrato no está claro, de modo que le aclaro los siguientes puntos:
1.- la duración inicial es de dos años. Eso es legal.
2.- el plazo de preaviso de 3 meses no es legal. Dicho plazo es de un mes, y Ud. no tiene por qué respetar esa cláusula.
3.- Ud. no tiene por qué irse al final de esos 2 años. Tiene Ud. derecho a quedarse otros 3 años más.
Entonces Ud. está obligada a permanecer en esa vivienda hasta el mismo 30 de noviembre de 2014. No puede irse en octubre. Si lo hace el casero puede pedirle una indemnización de cómo mucho ese mes de diferencia que hay entre octubre y noviembre y no le devolverá la fianza íntegra, sino descontado un mes.
Si le dice ahora que va a irse el 30 de noviembre estará actuando de un modo completamente legal, y el casero debería devolverla la fianza íntegra. No quiero desanimarla, pero me apuesto lo que quiera a que se agarrará a la excusa de que el preaviso no ha sido de 3 meses y de que por lo tanto tiene que indemnizarle y procurará no devolverle la fianza íntegramente.
Entonces me debo esperar a que finalice mi contrato pero igualmente debo informarle que no renovare el contrato, en ese caso no me puede obligar a esperar tres meses desde que le informe, ya que solo quedan dos para finalizar.
Muchas gracias por su ayuda es para mi muy importante ya que la fianza que le deposite al casero es muy grande y no quiero que se quede con ella y por eso quiero actuar correctamente.
Le queda a usted un mes para finalizar el plazo al que se obligó con la firma del contrato. Si se marcha antes se le podrá reclamar el abono de la renta hasta la finalización del plazo pactado que será de un mes y seguramente no le devolverán la fianza.
De todas formas, si tiene que llegar a algún tipo de acuerdo con la parte arrendadora le recomiendo que todo aquello que acuerde con él verbalmente quede plasmado de alguna forma por escrito para evitar futuras sorpresas.
Hola,
Tengo una pregunta especifica sobre mi contrato de arrendamiento.
Tengo un contrato de 2 años de duración que empezó el 1 de diciembre de 2012 y me gustaría abandonar el piso el 30 de octubre de 2014 pero en una cláusula de mi contrato pone con palabras textuales " El plazo de duración del contrato será de 2 años, a partir de su entrada en vigor. Una vez transcurrida dicha duración podrá el arrendatario dar por cancelado el contrato mediante un preaviso fehaciente con tres meses de antelación. En ningún caso el contrato durara mas alla del 30 de noviembre de 2014. Finalizado el contrato por vencimiento del plazo establecido o por cualquier otra causa, el arrendatario deberá dejar libres los bienes arrendados."
Entonces me gustaría saber si puedo llamar a mi casero y decirle que me voy solo con un mes de antelación y el me devolvería mi fianza integra, ya que no entiendo bien esa cláusula ya que me han dicho amigos que actualmente con un mes de antelación es suficiente.
Muchas gracias de antemano