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A vueltas con el artículo 17.8, mientras nos han denunciado y estamos a espera de juicio por el 17.4

48 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 48 comentarios
23/06/2017 20:17
kolodroko
Viendo las dos versiones, la cosa cambia mucho. Yo no me atrevo a decir quien tiene la razón o no, pues solo conozco lo que aquí se ha dicho ,y cada uno cuenta la feria como le va en ella.
Al final o se arregla entre personas civilizadas, o un juez dirá quien tiene la razón y quien no.

saludos
22/06/2017 18:06
chelinka
Muchas gracias por tu apoyo, chelinka. Lo de los insultos es al contrario. Son ellos los que insultan, amenazan e, incluso, han intentado alguna agresión. Ya ves que está muy calladito ahora. Un saludo cordial y muchas gracias de todo corazón.
22/06/2017 12:27
kolodroko
Siempre es bueno conocer las 2 versiones aunque desgraciadamente es poco habitual tener la ocasion en estos foros.

Pues si, intuia que la otra version podia ser como ha resultado.... Me he visto en tu situacion y se lo que comentaban el resto de propietarios a mis espaldas y cual era su version del asunto....salvo el tema de los insultos, en ese caso era en mi contra (desconozco en el tuyo y entiendo que con la tension de la junta uno pierda los nervios aunque no le benefice el hacerlo, me sonaba demasiado.

Le digo lo que me dijo mi abogado y que se va cumpliendo poco a poco.....Con el tiempo veran que lo que haces esta amparado por la ley y cuando necesiten algo iran a pedir tu ayuda porque ya has demostrado que no te importa tenerlos enfrente


Van cayendo.....
22/06/2017 10:19
chelinka
Tienes buen ojo, chelinka. Tú sabías que pasaba algo. Pues sí, habían cambiado los coeficientes a su antojo. Están acostumbrados a hacer lo que les da la gana. En los gastos de escalera y portal debo pagar un 5% y pretendían que pagara casi un 7. He intentado de todas las formas posibles que se cumpla la ley, pero en esta comunidad es imposible. Por eso he tenido que demandarles. Ya no bajo a las Juntas porque no quiero que falseen lo que ha sucedido, como hicieron en la junta que he impugnado. Ya no me mandan las actas. Tuve que pedir la última acta al abogado que, contratado por ellos, ha contestado a mi demanda y un niño de la ESO la habría redactado mejor
21/06/2017 23:50
kolodroko
En plan telegráfico.
Convocan una junta con el siguiente orden del día: Obra para "mejora" del portal. Pido la relación de morosos. No la tienen porque no llevan las cuentas al día y me responden que cada uno ya sabe si debe algo.
Les aviso de que, como se trata de una obra de mejora como indican ellos en la convocatoria, necesitan que voten a favor tres quintas partes de propietarios y sólo la pagarán ellos. Se vota y hay 10 votos a favor, 2 abstenciones y 1 voto en contra. La mayoría de tres quintos es de 14 propietarios. El vecino que anda preguntando por aquí me dice que en nuestra comunidad no rige la LPH.
Cuando me llega el acta ya han cambiado lo de mejora y se inventan una derrama que no ha sido ni tratada y con unos coeficientes que también se han inventado y no corresponden con las normas de la comunidad.
Le comento a la presidenta el tema, me dice: "yo paso de todo". Le mando un email y no contesta. Le tengo que mandar un burofax. Y no me queda otro remedio que meterles una demanda en el juzgado ya que no atienden a posibles acuerdos. Cuando les llega la demanda intentar arreglar lo de los coeficientes con una diligencia de subsanación en el libro de actas, pero que no ha sido aprobada en ninguna junta. Y entre la junta impugnada y la citada diligencia han pasado ya tres juntas de propietarios. Esa diligencia subsanando los "errores" no ha sido enviada a los propietarios para evitar que se enteren de la chapuza. En este texto han hecho constar los propietarios morosos que hubo en la junta impugnada. De los 10 que votaron sí había 5 que tenían deudas, por lo que ahora no cuentan su voto. Uno de los morosos debía más de 2.000 euros y se atreve a votar sí a otra obra.
¿Quién pagaría la obra en el caso de que el juez sentencie que es de mejora? Los 10 que votaron sí o solamente los 5 que estaban al corriente en los pagos. ¿Tendría responsabilidad la presidenta por autorizar una obra de mejora sin contar con los tres quintos?
21/06/2017 20:45
kolodroko
No hace falta que vayas al registro. Ya te digo yo lo que pone en las escrituras: "ELEMENTOS COMUNES.- Dicha vivienda, como cuota de participación en elementos comunes, tiene asignada la de xx%, contribuyendo a los gastos de portal y escalera, de los que están exceptuadas las lonjas y el camarote, a partes iguales con las demás viviendas".

Así que la mitad de la demanda ya la tengo ganada. Tu amigo el administrador no te ha comunicado que han metido una diligencia de subsanación de "errores" en el libro de actas???
21/06/2017 17:05
kolodroko
Si me acepta un consejo. Búsquense un buen abogado, sino lo tienen ya, e intenten solucionar esto de la mejor manera posible, la menos gravosa para todas las partes. Con la documentación que tienen les podrá dar una opinión y solución más fundada que desde el foro.
Y de todas formas creo que lo necesitarán para llevar adelante la denuncia que tienen interpuesta contra ustedes.

Saludos
21/06/2017 15:33
kolodroko
Le dire sr kolodroko que lo primero para saber si los trasteros y locales han de paagar algo es consultar las Escrituras de division horizontalo. Ahi vienen descritos los elementos que componen la comunidad, sus porcentajes y los gastos a los que hay que contribuir.

En su caso es de vital importancia porque al se una instalacion exnovo de un ascensor los locales estan obligados al pago y tambien los trasteros.. Solo por acuerdo unanime se les podria exonerar del pago perdonarselo" en una palabra y dudo que el vecino problematico este a favor de ello.

Respecto al arreglo del portal mas de lo mismo, Habria que consultar jurisprudencia para saber si les corresponde todo o solo una parte pero desde luego si ustedes no les "perdonan" unanimemente han de pagar en funcion de la cuota que figure en escrituras,

Ante esto y que si corrijo un acta... ¿sabe que ha de corregirse en la siguiente junta y no cuando a uno le de la gana?

no se si el problematico de su vecino lo es tanto... vamos que si a mi me obligan a pagar mas de lo que me toca porque lo dice el administrador tambien me voy al juzgado por el 17,4 o por el 17,8 o por que puedo impugnar por perjuizo que no tengo obligacion de soportar

Yo de usted me revisaba bien las escrituras y las actas de las juntas a ver si hay o no obligacion de pago por parte de locales y trasteros,,,que me da que si.....y luego a ver como hacen para reclamar el pago de ese dinero......que les veo otra vez en el juzgado!!
21/06/2017 15:26
Adoresnogracias
Muchas gracias, lo había buscado pero le agradezco la molestia de habérmelo indicado.

Muy amable, gracias.

Tendremos que hablar y reflexionar sobre todo y ver lo que pone en los famosos estatutos.


De nuevo gracias.
21/06/2017 15:22
kolodroko
Su registro de la propiedad está en Constanilla del Olivar, 1
21/06/2017 15:16
kolodroko
Se nota que no ha estado en ningún juicio. Lo podrá comprobar en el suyo.
21/06/2017 15:15
Adoresnogracias
Y luego está el otro tema: el de los trasteros que no se aclaran sobre si deben pagar o no. Y este tema, entiendo que es bastante sencillo. Lo que digan las normas o estatutos de la comunidad. Suelen estar en las escrituras. Por favor, las lee y comenta qué pone. En la junta del famoso juicio, ¿se aprobó que tenían que pagar los trasteros?
21/06/2017 15:13
Adoresnogracias
De momento seguiré su consejo y mañana me personare en la oficina del registro de Pozuelo para pedir los estatutos y estar seguros de como obrar.

De todos modos, comparar este tipo de situación con el póker no lo veo muy apropiado.

Gracias de nuevo
21/06/2017 15:08
Adoresnogracias
Un juicio es como una partida de póker. No gana el que tiene mejor mano, sino el que mejor sabe jugarlas. Y por lo que aprecio, ustedes no saben jugar al póker.
21/06/2017 15:04
Adoresnogracias
Es decir, sólo veo inconvenientes para ustedes. Sin entrar a valorar los honorarios de los letrados, que pueden ser de un importe alto.
21/06/2017 15:01
kolodroko
Disculpe si le he molestado.

Mi enojo no es contra usted, por supuesto, sino contra los adores que son especialistas en la creación de líos.

Llevo intentando ayudarle desde ayer. Pero reconozca que usted no pone mucho de su parte.

Hago un pequeño resumen de lo que he entendido:

Hacen una junta para aprobar una obra en el portal. Un vecino entiende que es una mejora por la que no tiene que pagar y les demanda. Intenta un acuerdo para no llegar a juicio y ustedes se oponen. Ahora será el juez el que decida. Y ustedes no tienen que aprobar que acatarán la sentencia, porque no les queda otro remedio que acatarla.
El juez puede sentenciar que esa obra la tiene que pagar el famoso vecino y en este caso ha conseguido retrasar unos meses el pago de la obra.
Pero puede dictar que la obra sólo la tienen que pagar los que han votado expresamente que sí. En este caso, la derrama se repartirá entre ellos. Y esté seguro que los que no hayan asistido a la Junta se apuntarán a no pagar.
21/06/2017 14:35
Adoresnogracias
Quizás sea ese el problema, puede ser, podríamos tener que valorarlo, aunque no comprendo su actitud y enojo.

No tiene mucho que ver con la consulta, a mi modo de ver.


Gracias otra vez.
21/06/2017 14:26
kolodroko
Este caso es un claro ejemplo del daño que puede hacer un ador en una comunidad.
Y se puede comprobar que los propietarios están con una especie de síndrome de Estocolmo por el que no se atreven a echar al ador.
No se dan cuenta que el ador en lugar de resolver los problemas, los crea. El ador no conoce la legislación, no conoce los porcentajes de participación, no conoce los estatutos de la comunidad... y siguen con él. Perderán el juicio y seguirán con él. Y luego se quejan que el famoso vecino les mande cartas certificadas y ejerza los derechos que le reconoce la LPH.
21/06/2017 14:21
Adoresnogracias
Por eso preguntamos, para conocerlas, saber cuales son y así porder cumplirlas y hacerlas cumplir.

Gracias.
21/06/2017 14:11
kolodroko
"Hemos pensado a instancias del administrador que no había que incluirlos". Ustedes no tienen que pensar nada. Se tienen que limitar a cumplir la LPH y las normas o estatutos de su comunidad.