1.- De acuerdo con anonimo,aunque me queda la duda de si en segunda convocatoria, aunque no haya misnusvalidos se pueda aprobar. Aunque supongo que en ese caso los ausenten estarán en su derecho de impugnar. ¿O no?
2.- Si no existen exoneraciones en los estatutos, o no se haya acordado lo especialmente establecido,
se cobrará según coeficiente.
Los que no esten de acuerdo, también pueden impugnar,pues cualquiera tiene derecho a recurrir a la vía judicial, si se siente vulnerado en sus intereses, pero las Audiencias están en principio amparando esta situación, de cualquier modo un abogadoconsecuente podría valorar las posibilidades.
Por otra parte pienso, que cuando, por ejemplo, los locales no están exonerados por las causas que fueren del pago de instalación del ascensor, podrían pedir a la Junta de propietarios que se considerara en el orden del día, modificar los Estatutos en ese punto. Si no fuera aceptado el acuerdo por unanimidad, los afectados deberían impugnar y expresar sus razones ante un juez. Todo esto, claro, antes de que se convoque ninguna reunión para la instalación de ascensores, por que si no se complicaría la cosa.
Esta es mi opinión, agradecería a quien tenga otras las exponga, así cómo a los que conocen en profundidad la ley, confirmaran o desmintieran esta mi humilde opinión.
En cuanto a la duda planteada en este punto ", por anónimo, no estoy seguro, así que .... no digo nada.
3.-Creo que con lo anterior queda contestado este punto, no quiero extenderme demasiado.De cualquier modo estoy dispuesto a debatirlo si fuera necesario.
4.-Si los ancianitos no quieren ascensor, no podrán valerse de ellos para conseguir la instalación por mayoría. No señor. Aunque de aprobarse por 3/5, los ancianitos tendría que pagar a no ser que por acuerdo unánime se aprobara lo contrario.Salvo mejor opinión.
No se si mi intervención habra servido de algo. Al menos a mí me a organizado un poco las ideas.
Agradecería se me hiciesen saber mis errores.
Saludos.
1) NO,,,,,,el acuerdo es de 3/5,,excepto si hay minusvalidos o mayores de 70 años que entonces se rebaja a mayoria simple
DUDA: no,,,se exige lo anteriormente expuesto
2) Si,,,,pero si no hay acuerdo se estaría a lo que marca la ley que es pago por coeficiente,,independientemente de las alturas de los pisos
Duda: La mayoria,,,,
3) Por supuesto,,serían considerados morosos y se les reclamaria a traves de un monitorio,,que es un procemiento sencillo para reclamar cantidades, no es necesaria la jurisprudencia porque ya existe una ley muy clara que dice que una vez alcanzado el acuerdo legalmente todos deben de pagar incluidos lo que votaron en contra y los que no utilizen ese servicio que suelen ser bajos y locales.
4) Esa duda yo tambien la tengo,,,no te puedo responder,,,por logica te diria que si ellos ,los mayores de 70 años se oponen no se les podria utilizar para conseguir una mayoria inferior a 3/5,,pero no te lo aseguro,,pero si te digo que con que tengas un solo mayor de 70 años ya te sirve.
Para obligar al pago de la instalación y al de su mantenimiento, necesita la aprobación de las 3/5 partes .
Si no se llegase a este porcentaje, podrían aprobarlo, llegando al acuerdo de exonerar del pago a quien no desee dicha instalación.
El pago siempre se haría por coeficientes, a no ser, y esto tiene que ser unanime, que se hiciera por cuota lineal, o por porcentajes de alturas, o las variables que considereis.
Pronto se va a plantear en mi escalera el tema de la instalación del ascensor. Por eso me estoy informando. He leido las cosas que aparecen en este foro y no se si me he enterado bien.
Lo que he entendido es lo siguiente y las dudas que tengo son las siguientes:
1.- ACUERDO
Si hay personas mayores de 70 años o minusválidos que lo solicitan, la mayoria es de 3/5 de propietarios y 3/5 de cuotas.
DUDA: Si no hubiera personas con esas características o esas personas no lo solicitaan¿ se exigiria unanimidad?
2.- PAGO:
Se puede acordar cualquier forma de pago tanto para la instalación como para el mantenimiento.
DUDA: ¿El acuerdo de pago cuando no sea por coeficiente tambien puede ser por el 3/5 o necesita unanimidad o requiere unanimidad?
3.-VOTOS EN CONTRA
Una vez alcanzado el acuerdo de la instalación por la mayoría de los 3/5 quedan obligados al pago todos los copropietarios.
DUDA: Si los de los pisos bajos o primeros han votado en contra y no quieren pagar ¿Se les puede exigir judicialmente?¿que está diciendo la jurisprudencia?
4.- ESTO YA ES PARA NOTA.
Entiendo que lo de los minusvalidos y mayores de 70 años es cuando hay una petición expresa de estas personas pero Si resulta que justamente los pisos en el que hay mayores de 70 años es el que se opone a la instalación del ascensor ¿qué pasa?