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A ver qué os parece...

5 Comentarios
 
A ver qué os parece...
22/01/2007 12:44
Hola. Resulta q me han propuesto para iPT el 23 de noviembre de 2006, y a día de hoy todavía no he tenido respuesta. El caso es q tb solicité una Determinación por contingencia. Este 15 de Enero, la empresa se traslada para otra provincia, y yo sigo de IT. Hemos firmado la liquidación pq no interesa ir a esa provincia con la empresa, por distintos motivos. Me han dado ya el parte de alta por agotamiento de plazo de los 18 meses y el 16 de este mes me llama el jefe q no pueden darme de baja a causa de q tengo concedida, según la S. Social, una Invalidez Total (supongo ITP) desde el 20 de Diciembre de 2006, con lo cual de momento debo seguír vinculado a la empresa...
Qué os parece ésto y como se come? jeje. S2
22/01/2007 16:18
Pues algo se escapa en tu relato.

Osea, que te han dado la incapacidad Permanente Total, y por eso la empresa no puede darte la baja, y debes seguir vinculado a ella?

Es un poco el mundo al reves, no?
22/01/2007 16:36
Hola Stivi. Sí, es algo así. La resolución no me ha llegado, y parece ser q la S. Social no le deja a la empresa darme de baja a falta de la resolución oficial. Si me espreso mal pido disculpas, pues no estoy puesto para nada en estos temas.
Por cierto, en mi situación y a falta de dicha resolución y haberse cumplido ya los 28 meses con el consiguiente parte de alta por agotamiento de IT, debo solicitar algo yo en la Seguridad Social? Gracias y S2
22/01/2007 17:30
Yo creo que deberías acercarte a tu empresa y que te expliquen que pasa. Yo me imagino algo, pero esto no es el consultorio de Rapel, no podemos adivinar hasta ciertos extremos.

Si la empresa ya te ha dicho hasta la fecha de efecto de tu Incapacidad (20 de diciembre) es porque la sabe, y si la sabe es porque se la han notificado, no? Aunque a ti aun no te haya llegado, supongo que estará al caer.

Ahora bien, si lo que habéis pactado el 15 de enero es una especie de despido objetivo con indemnización por rechazar el traslado, entonces, se me ocurre que la empresa quiere deshacer ese acuerdo, por que tu baja real es anterior a esto del traslado.

Es lo que se me ocurre, si no es eso, entonces no entiendo la situación.
22/01/2007 18:34
Hola de nuevo. Es tal como tú lo explicas. Lo q pasa es q, efectivamente, nosotros no queremos aceptar el traslado, y nos liquidan a 20 días por año trabajado, q es lo q pacta el estatuto de los trabajadores. Lo q pasa es q la empresa entiende q tienen q indemnizarme con respecto al 20 de Diciembre, y no al 15 de enero.
un saludo y gracias por responder :)
22/01/2007 18:48
Jejeje

No, si Rapel a mi lado….

Claro que la empresa dirá que para que te va a pagar 20 días por año a 20 de diciembre, pudiendo no pagarte nada porque tu contrato se extinguió el 20 de diciembre y esta situación es de 15 de enero.

Pues no lo veo nada claro para ti, la verdad.

Si te calcula 20 días/año a 20 de diciembre, eso que vas a ganar, porque yo diría que no te corresponde.