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A. T. y Determinación de Contingencias

2 Comentarios
 
A. t. y determinación de contingencias
20/02/2010 08:04
Tuve accidente laboral hace 30 meses. Estuve con I.T. pero a los 3 meses se me acabó contrato obra. Continué de I. T. con Mutua 7 meses más, cuando me dio alta médica por mejoría, pero el médico de cabecera me dio baja al día siguiente por enfermedad común debido al accidente que en diciembre pasado, por tope de 18 meses, pasé a alta.
Reclamé Alta Indebida de la Mutua con sentencia negativa que recurrí, estando pendiente. La Mutua abrió expediente al INSS para determinar secuelas sin I.P. confirmándolo, aunque admitió un Trastorno Ansioso-depresivo por Enfermedad Común en Tratamiento. Presenté reclamación previa siendo denegada la I.P. y abriendo demanda judicial con abogado de oficio por lo Social, estando marcado para abril de 2010.
Antes de este proceso, el médico cabecera solicitó Determinación de Contingencias, pasando reconocimiento por Equipo de Valoración pero sin respuesta porque según el INSS estoy de baja de Seguridad Social desde el fin del contrato de obra. Reclamé por mi cuenta al INSS sobre la Determinación en diciembre 2009 porque cuando se solicitó la Mutua me consideraba de alta o asimilada por correr paralelamente su expediente abierto al INSS.
Ayer viernes 19, después de 30 meses y diez días desde el accidente laboral (20 meses después de su alta medica) recibo Burofax de la Mutua con Ref. "Determinación Contingencias" y cita para consulta en 01.03.10.
Hablo con abogado oficio y dice que no me presente, pues la Mutua busca hacerme un informe médico para tirar por tierra los últimos que yo tengo para ganar la IP en el juicio de abril.
Pregunto ¿Es así? o ¿El INSS con Equipo de Valoración Interna pide a Mutua informe para definir Determinación? ¿Quién Determina las contingencias, el Equipo de Valoración Médica o la Mutua?
Estoy sin cobrar un céntimo desde Junio de 2008 ¿Esto quiere decir que tengo derecho a recibir desde que la Mutua me dio el alta médica?
Ruego a quienes sepan, me informen del tema y diga si debo presentarme a la cita de la Mutua.
Gracias
24/02/2010 13:59
No has indicado ( o no lo interpreto ) si actualmente estás de baja por contingencias comunes . Es es importante :
- Si estás de baja por contingencias comunes , y la Mutua te envía citación por burofax ( que tu recibes ) si debes acudir ( Art 131 bis LGSS)
- Ahora bien , si actaulmente no estás de baja médica , y la Mutua te cita ( para comprobar tu estado actual o elaborar un informe ) no estás obligadfo a acudir.
El INSS es el competente para resolver la determinación de contingencia , no la Mutua
07/03/2010 11:38
Hola CLD33, te doy las gracias por responderme y me disculpo por no escribirte antes. Vi tu respuesta, pero en ese día me dieron resolución negativa del INSS que había reclamado de determinación de contingencias, olvidando que tenía que responderte.
Hoy revisando mi correo vi de nuevo tu respuesta y bueno, quiero resumir, pero mi caso es complejo y no es fácil de hacerlo, me lleva mucho tiempo por secuelas del accidente. Tengo dos demandas en la justicia, con diferentes abogados de oficio:
1ª) Recurso de suplicación al Tribunal Superior por Alta Indebida
2ª) Demanda ante lo Social por Incapacidad Permanente.
Creo que tu pregunta es porque no lo expliqué bien:
Cuando estaba con I. T. por el accidente a los 4 meses se acabo mi contrato, quedando desempleado, pero continué de I T con la Mutua por 7 meses más y antes del año desde el accidente, la Mutua me dio alta por "mejoría". Como resido a 150 km de la oficina de la Mutua y donde resido no tenían especialistas, me trataba con médicos de la Salud Pública y con especialista en la capital de provincia, coincidiendo su visita para cuando tenía control con la Mutua, porque nunca percibí de ella asistencia médica. La alimentaba de informes que recibía y sólo me mandaron a Madrid a hacer peritación que tardó en salir cinco meses. A raíz de ella me dieron el alta por "mejoría".
Fue injusto, 1º) Porque quien sigue todo mi proceso desde el accidente es el médico de cabecera y, al día siguiente del alta de la Mutua, fui y estaba ausente, pero el director del centro, tenía acceso a mi historial y me dio la baja por contngncia profesional y por Accidente de Trabajo. 2º) porque cuando me peritaron fue cinco meses antes que me encontraba algo mejor.
Después de la esta baja, fui al INSS a preguntar por mi situación, informándome que no podía el medico darme la baja por esas contingencias que fuese al INEM para resolverlo con demanda empleo. Allí fui y hablé con el director y éste se negó, por estar enfermo y de baja y que era el INSS que debería deshacer el entuerto, diciendo que la baja era mi prueba e debería procurar la Delegación Provincial del Trabajo y pedir la reconciliación previa.
Así lo hice, ninguna entidad después se presentó, y aquí me dijeron que buscase un abogado, pero antes volví al INSS a informar de mi ida al INEM y aquí me indicaron que o se quedaba así y que, en ese caso, no necesitaba pedir determinación de contingencia, o renunciaba a la baja del Centro.
Me sentí desprotegido de la Seguridad Social por lo que solicité abogado de oficio que demandó a todos por Alta Indebida, con resultado negativo que recurrió. También, el medico de cabecera solicitó en un oficio la determinación de contingencias que nunca respondieron y la Mutua solicitó secuelas no invalidentes. También por mi cuenta pedí una I P.
El INSS dictó resolución denegando I P por proceso que abrí aunque decía estar en tratº por problema psiquiátrico, pero venía clasificado por "Accidente NO Laboral" y luego la abierta por la Mutua denegando I P, por "Accidente Laboral", aunque seguía tratº psiquiátrico pero añadiendo “por enfermedad común”.
A seguir, después de recibir por 7 meses las confirmaciones de baja por contingencias profesionales, un día el médico me da desde el primer día de la baja del centro de salud, pasando a contingencias comunes, diciendo que el director del centro lo tuvo que corregir.
Un mes después, el médico de cabecera me entrega carta que le enviaron del MVRM, diciendo no podían seguir con el proceso porque el INSS decidió recoger la documentación por no estar de alta, o asimilada, en ningún régimen. Hablé con los dos abogados y no mostraron interés. Al final de año, también me dan alta por llegar al fin de los 18 meses.
Reclamo por por ello y por la determinación contingencias, recibiendo resolución, que después de recibir alta de Mutua al siguiente día, al estar desempleado, ya estaba causé alta de la SS y por no estar en régimen de la SS, la baja fue por enfermedad común.
También recibí comunicado de la Mutua para ir a consulta con su médico. El abogado envió otro indagando por el motivo real, respondiendo que recibieron citación por la demanda de IP por lo que querían reconocerme para defenderse. El letrado dijo que mi estado no lo permitía y que el médico me visitase en mi casa. No se presentaron.
Por otra parte, tengo 30 días para reclamar la resolución de la determinación del INSS, le pregunté a los abogados, pero se niegan a hablar del tema porque dicen que es expediente paralelo que abrí y que ells no participan. Ahora no sé que alegar al INSS en resolución previa.
Si sabes algo u otros quieren participar lo agradezco.
Gracias.