Soy un profesional autónomo, y durante el año pasado realicé varios proyectos, tanto para personas físicas, com para personas jurídicas.
Mi pregunta es, he de practicarme el 7% de retención de I.R.P.F. (profesional con menos de 2 años) en las facturas que entrego?, en caso de si, ese porcentaje se declara posteriormente en el modelo 110 no?, por último, qué puedo hacer sino he retenido IRPF en mis facturas del año pasado?
i.r.p.f. Hola soi nueva en estos foros mi pregunta es la siguiente 1.- porque un prestamo personal nodesgrava en la declaracion. 2.- Porque en la declaracion nunca se rellenan las deducciones por motivos personales laborales ofamiliares?¿Cuales son?.Quizas la abduccion por un marciano?3.- ¿por que las multas no desgravan? gracias por vuestra ayuda O.K