Mi pregunta es la que sigue:
Yo este año he adquirido una vivienda en el mes de junio y ahora en Octubre la anterior propietaria me llama para comentar que le ha llegado el IBI y que tengo que pagarle la mitad.
Es cierto eso?
Me puede alguien indicar donde puedo ver la legislación referente a ese tema?
gracias de antemano.
un saludo
entiendo que como propietario te refieres al anterior y no a mi en este caso no?
en cuanto a lo del tema de la equidad me parece bien pero lo que me interesa saber es lo que dice la ley a ese respecto con independencia de lo demas.
Buenas, en mi caso, como vendedora me llegó el recibo en junio. Llamé al Ayuntamiento y me dijeron que corresponde al que es propietario el 1 de enero del año de que se trate. Salvo que en el contrato de compraventa se haya especificado lo contrario, en tu caso, el ibi corresponde al que era el propietario el 1 de enero, es decir, el vendedor. Lo mismo ocurre con los coches y el impuesto de circulación. Si piensas venderlo, hazlo antes de finalizar el año, sino, pagarás el impuesto aunque sólo lo tengas un día.
bien, muchas gracias por tu aportación aunque la verdad es que con toda esa jerga no me acabo de enterar de lo esencial, a quien le corresponde según eso?
A ellos o a mí?
disculpad pero el derecho tributario no está hecho pa mí, jajajaja
Gracias de antemano.
un saludo.