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A quien le corresponde el IBI?

9 Comentarios
 
A quien le corresponde el ibi?
20/10/2010 11:39
Mi pregunta es la que sigue:
Yo este año he adquirido una vivienda en el mes de junio y ahora en Octubre la anterior propietaria me llama para comentar que le ha llegado el IBI y que tengo que pagarle la mitad.
Es cierto eso?
Me puede alguien indicar donde puedo ver la legislación referente a ese tema?
gracias de antemano.
un saludo
20/10/2010 12:50
El IBI corresponde al propietario, me parece un acuerdo de equidad que se pague a medias.
20/10/2010 14:30
entiendo que como propietario te refieres al anterior y no a mi en este caso no?
en cuanto a lo del tema de la equidad me parece bien pero lo que me interesa saber es lo que dice la ley a ese respecto con independencia de lo demas.
20/10/2010 18:21
El impuesto se devenga por años, por lo cual el obligado al pago se prorrateará por días según quién haya tenido la propiedad determinado tiempo.
21/10/2010 22:34
Buenas, en mi caso, como vendedora me llegó el recibo en junio. Llamé al Ayuntamiento y me dijeron que corresponde al que es propietario el 1 de enero del año de que se trate. Salvo que en el contrato de compraventa se haya especificado lo contrario, en tu caso, el ibi corresponde al que era el propietario el 1 de enero, es decir, el vendedor. Lo mismo ocurre con los coches y el impuesto de circulación. Si piensas venderlo, hazlo antes de finalizar el año, sino, pagarás el impuesto aunque sólo lo tengas un día.
24/10/2010 17:01
gracias por tu respuesta.
un saludo.
27/10/2010 23:57
Satanete, por favor, no confundas al personal...

Amilcas, puedes consultar la legislación que comentas aquí

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg2-2004.t2.html#a75

Mírate los artículos 75 y 63
28/10/2010 20:06
bien, muchas gracias por tu aportación aunque la verdad es que con toda esa jerga no me acabo de enterar de lo esencial, a quien le corresponde según eso?
A ellos o a mí?
disculpad pero el derecho tributario no está hecho pa mí, jajajaja
Gracias de antemano.
un saludo.
02/11/2010 23:15
Bueno Amilcas, preguntabas dónde podías ver la legislación...

En resumen, paga el que era propietario el día 1 de enero, y paga el 100%

O sea, no tienes que pagar tú
03/11/2010 16:03
gracias por tu aclaracion nani68.
un saludo