El seguró se podrá hacer cargo de los daños causados por las filtraciones. Yo no conozco ningún seguro que cubra el mantenimiento. Y si es un defecto constructivo estaría excluido en el 90% de las compañías, por lo menos.
Actualizo el tema: está claro que el problema de la terraza es de construcción, por lo que debe hacerse cargo la comunidad. En este punto, ¿el seguro de la comunidad debería hacerse cargo? Le pregunté al administrador y no contestó. Éste se ha limitado a aprobar el único presupuesto presentado sin consultar a ninguno de los vecinos del bloque.
Entiendo entonces que el administrador cree que debe ser USTED el que repare, ya que no lo considera un "tema comunitario".
Entiendo que usted tiene el uso y disfrute y no la propiedad de esa terraza, por lo que estaría obligado a hacer un correcto mantenimiento de la misma. Esto se traduce en que usted tendría que velar por que no se acumule suciedad, grietas que puedan aparecer en el suelo por lo que sea y cosas de ese estilo.
La reparación de la tela asfáltica, si esta se ha roto por un problema constructivo, estructural o simplemente porque no la hay no es su problema.
Lo primero en este caso sería determinar la causa exacta de las filtraciones. Si se deben a un mal uso de la terraza (la tiene llena de suciedad, se atasca el sumidero y riega plantas. Por ejemplo) o a un incorrecto mantenimiento de la misma, la responsabilidad sería suya. Si es por cualquier otra causa, la responsabilidad recaería sobre la comunidad de propietarios en su conjunto.
Ante las dudas que me surgen, he enviado un correo al administrador. Éste me dice que no es un tema comunitario por tratarse del mantenimiento del edificio. Desconozco a partir de cuándo una tela asfáltica necesita mantenimiento, pero hace unos 7 u 8 años tuvieron que levantar parte del suelo porque faltaba tela y afectaba a un vecino. Y teniendo en cuenta que el edificio tiene unos 12 años entiendo que debe ser un problema de construcción.
Lo que se dice corresponder, corresponde a la comunidad. Si esta tiene un seguro que cubra las obligaciones o los gastos de la comunidad (reparaciones, responsabilidad civil, o lo que sea) tendrá que pagar este los gastos que se cubran en la póliza, pero porque es un gasto que de entrada corresponderá a la comunidad, vaya. Miren el seguro que tengan contratado, a ver si entienden que lo cubre o no.
Sin conocer el caso den detalle, me atrevería a decir que no les queda otra que reparar ustedes mismos.
La responsabilidad de la constructora o de los proyectistas o directores de obra se acaba, como mucho, a los 10 años desde el final de obra (el seguro decenal establece un plazo de diez años para la reclamación de defectos constructivos de ese tipo).
El seguro, si es como los seguros de la inmensa mayoría de la comunidades de propietarios, se limita principalmente a coberturas de responsabilidad civil, daños por agua y demás, en ningún caso suele comprometerse a realizar reparaciones de ese tipo, cubriría daños ocasionados a consecuencia a lo sumo.
En cualquier caso, a los doce años, constructora no estaría obligada a reparar.
Sobre el seguro de la comunidad, habría que ver si contempla esos fallos.
Me temo, que la Comunidad, deberá tomar acuerdo para asumir el coste de la reparación, siempre que un técnico informe que las humedades no son por uso indebido de suyo.
Buenas tardes:
Soy propietario de un ático en cuyas terrazas filtra agua de las lluvias afectando a los cuatro vecinos que tengo debajo. La situación es muy similar en otros bloques de los seis que conforman la comunidad. Son construcciones recientes (unos doce años). El problema reside en que la constructora quebró, por lo que se está hablando de que nos corresponderá a los vecinos pagar el arreglo correspondiente. ¿No sería responsabilidad del seguro de la comunidad?