Si te han puesto dos sanciones administrativas, una imagino que sea por no haber hecho el curso, y la otra, por alguna infraccion al Reglamento de Circulacion, ya que la alcoholemia, por lo que veo, va por via penal
Si, te puede caer una multa seria... mas desde luego de los 400 euros que vale el curso. Tambien te puede caer una privacion del permiso de conducir seria (si es de mas de dos años, con perdida de vigencia)
Pero consuelate, lo peor que te podia haber caido es algun accidente con muertos... porque eso ya no tendria solucion
Buenas tardes. necesito asesoramiento pues estoy bastante preocupado por este asunto:
Ayer volviendo a casa me seguía la guardia civil. Yo pensé que iban de ronda por las urbanizaciones y no le di importancia. Cuando dejé el coche e iba a la puerta de mi casa (ya caminando porque el coche lo dejo en la puerta del garaje) se paró el land rover y me dijeron que si el coche era mío y que si pasaba la prueba de alcoholemia. Yo iba tan normal y pensé que no iba a dar casi nada, además me habían pillado andando y les dije que no había problema. En fin, me tuvieron una hora y pico esperando al furgón de soplar y di una burrada (0.85). yo no me lo creía, además no había cometido ninguna infracción. Me pusieron dos multas- sanciones administrativas en las que no se cita nada del exceso de alcohol y un acta de información en el que se dice que conducía con sintomatología alcohólica y había hecho la prueba (aunque no precisa la tasa...) Total, que el lunes tengo juicio rápido en El Escorial, supongo que me pondrán un abogado de oficio.
El tema es... ¿crees que me puedo acoger a que no estaba ya en mi coche cuando me pillaron?
El agravante es que ya me quitaron una vez el carnet en Fuerteventura durante un año, pero de eso hace tres años y hasta los cinco no prescribe el delito, y no hice el curso de reciclaje vial (porque me costaba 400€ que no tenía...).
No sé, ¿qué me puede caer? Me da miedo que esa reincidencia pueda acarrearme una sanción bastante severa
Si tienes notificada la pérdida total de puntos, incurrirías en un delito contra la seguridad vial, art. 384 C.P.
"El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción."
¿a qué me expongo si una vez perdido los puntos del carnet me paran los agentes de tráfico?