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A partir de cuándo empieza el plazo.

9 Comentarios
 
A partir de cuándo empieza el plazo.
01/04/2008 15:05
Hola compañeros,somos demandados en un procedimiento de modificación de medidas definitivas en el que se pide en la misma demanda las medidas provisionales. El Juzgado ha señalado día para la vista. Nosotros como demandados ya nos hemos personado, mi duda es a partir de cuando empieza a contarse el plazo para que contestemos la demanda de modificación de medidas definitivas. Me imagino que nos tendrán que notificar el auto de admisión de la demanda y será a partir de ese momento como ocurre en cualquier proc.Lo que ocurre es que me han comentado que empieza a contar el plazo a parir de la providencia que le han notificado a la demandada en la que se señala el día de la vista de las medidas provisionales.
Saludos y un abrazo.
02/04/2008 13:54
Efectivamente, el plazo comienza en el momento que se le notifica a tu cliente la demanda en su domicilio, pues lógicamente al ser una modificación de medidas no estábais personados.

El Auto que admite a trámite la demanda se adjunta a la misma en la notificación al demandado.

Salvo mejor criterio...
02/04/2008 13:56
Realmente no es el Auto de admisión lo que se adjunta a lla demanda, sino una décula de emplazamiento con plazo de 20 días desde el efectivo emplazamiento, es decir, desde la notificación de la demanda a tu cliente
02/04/2008 13:57
joder, que mal escribo, cédula de emplazamiento.
02/04/2008 18:20
Muchas gracias Kalhuo por tu ayuda, lo que me extraña es que a mi cliente(demandada) se le notificó la demanda y providencia con su cédula en la que se indicaba el día en el que se iba a celebrar la vista de las medidas provisionales, pero no le han notificado la cédula de emplazamiento por veinte días para contestar a la demanda de modificación de medidas. ¿Es normal que todavía no se lo hayan notificado?vamos, como ya nos hemos personado, nos lo notificarán en todo caso a nosotros.

Un fuerte abrazo.
02/04/2008 19:30
Cúrate en salud y dile a tu procurador que vaya al Juzgado y lo pregunte, pero tu hazte a la idea de que el plazo es desde la notificación, por si acaso...

Un saludo y suerte!
03/04/2008 11:27
En las Medidas Provisionales, se contesta a la demanda en el acto de la vista oral, para contestación de procedimiento principal (divorcio,separación o simplemente modificación medidas definitivas) te emplazaran para en el plazo de 20 dias y ahí sí se contestará a la demanda por escrito y antes de la vista. Salvo mejor criterio
06/04/2008 13:04

Muchas gracias Kalhuo y abogada, a mí lo que me extraña de todo ésto es quea mi cliente no le hayan notificado aún el plazo de veinte días que tenemos para contestar la demanda, teniendo en cuenta que la vista de las medidas provisionales ya se ha celebrado.

Saludos y abrazos.
06/04/2008 22:10
Pieza de medidas provisionales, no hay plazo para contestar, porque se hace en la vista la que se notifica mediante cedula de emplazamiento.

Modificiación de medidas definitivas. Juicio Verbal, con la especialidad de que la contestación en en 20 días, DESDE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA. Algunos Juzgados, por desidia y comodidad, notifican al procurador personado, pero ojo, mira a ver qué se ha notificado, si es pieza de provisionales o definitivas, lo que podrás observar en el encabezamiento margen izquierdo.

La sugerencia de Kalhuo es más que recomendable, ir al Juzgado y preguntar qué se ha notificado, pero por el contexto de la exposición (no menciona el plazo de 20 días ni para procurador personado ni cliente, de la demanda principal no se ha dado traslado. Por cierto, si esta demanda es de alguna de las comunidades afectadas por la huelga, los Juzgados lo están haciendo así, notifican las provisionales, y postergan la notificación de la demanda principal.

Salvo mejor criteiro
02/10/2015 12:45
y hay plazo maximo para la vista de modificación de medidas una vez presentada la respuesta