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a mi marido le van a hacer un ere

16 Comentarios
 
A mi marido le van a hacer un ere
15/05/2010 10:36
a mi marido le han dicho k le van a hacer un ere. la empresa tiene menos d e10 trabajadores y solo se lo ven a hacer a dosdicen que les va a durar tres m eses pero no nos fiamos d eella tampoco sabemos mucho d eeste tema y no sabemos si al firmar va perder su antiguedad y su contrato de indefinido y si va a perder el paro o le va a computar y si le tiene k dar algun tipo de indemnizacion o pierde su finiquito. por favor necesito que alguien me oriente. gracias.
15/05/2010 10:47
la empresa tiene 5 trabajadores y tenian que hablar con el gremio entonces quiero saber si es posible que puedan hacer el ere o no. o iwal nos quiere engañar haciendole firmar otros papeles. por favor respondedme que no se que hacer. gracias.
15/05/2010 11:36
Hola:
Al ser un ERE de suspensión o ERE temporal. es preceptiva la Resolución de la Autoridad Laboral permitiendo dicho ERE.

Una vez conseguido, por parte de la empresa, dicha Resolución es cuando tienen que comunicar a tu marido tal decisión.

Un saludo
15/05/2010 14:32
gracias.
15/05/2010 18:42
me gustaria que si alguien por favor me pudiera decir algo mas sobre este tipo de despido. si te pdes negar o que es lo que le van a hacer. gracias.
17/05/2010 08:38
No es ningún despido, es un ERE de suspensión por tres meses. No hay que preocuparse.

Es decir, estará 3 meses cobrando el paro sin ir a trabajar, pero seguirá de alta en la empresa. Y a los 3 meses vuelve a trabajar.

No pierde antigüedad ni ningún otro derecho, y al ser de 3 meses tampoco perderá paro si más adelante lo despiden.

Para que lo entiendas, es algo parecido a como si estuviera de baja de enfermedad o de vacaciones pagadas.
17/05/2010 22:00
Hola jordizr1

"No pierde antigüedad ni ningún otro derecho, y al ser de 3 meses tampoco perderá paro si más adelante lo despiden. "

Durante la situación de E.R.E. el trabajador cotiza, si, pero no devenga ni parte proporcional de pagas extraordinarias ni periodo vacacional.

Además puntualizar que los primeros 120 días de prestación por desempleo que cobre un trabajador afectado por una situación de E.R.E. tendrá derecho a recuperarlos para volver a ser liquidados siempre y cuando se extinga el contrato de trabajo por el mismo motivo o motivos por los que se realizó la situación de E.R.E. de suspensión de contrato de trabajo.
19/05/2010 14:22
gracias a todos me habeys aklarado las cosaws gracias de verdad.
19/05/2010 18:36
Mirate este BOE en el cual se habla de la forma de compensar los 120 dias que habla mlag0053 ya que en el art.- 3 dice las condiciones....

1. Cuando se autorice a una empresa, en virtud de uno o varios expedientes de regulación de empleo o procedimientos concursales, a suspender los contratos de trabajo, de forma continuada o no, o a reducir el número de días u horas de trabajo, y posteriormente se autorice por resolución administrativa en expediente de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal la extinción de los contratos, o se extinga el contrato al amparo del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas autorizaciones con un límite máximo de 120 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que las resoluciones administrativas o judiciales que autoricen las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2010, ambos inclusive;

b) Que el despido o la resolución administrativa o judicial que autorice la extinción se produzca entre el 8 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2012.
19/05/2010 18:37
Perdón..... el BOE..

http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/31/pdfs/BOE-A-2009-21160.pdf
20/05/2010 13:15
gracias. de todas maneras en cuanto tiempo suele hacerse efectivo desde que la empresa pide la resolucion administrativa porque le dijeron que lo pedirian xro le han comentando que en julio ya no va a trabajar entonces no se si en verdad le va a dar tiempo xra que se lo acepten o no. y tambien queria saber si xtratarse de ere el en julio cobra la prestacion por desempleo o ya se hacen los papeles y hasta agosto no lo cobra.
20/05/2010 19:21
L ely establece 15 dias, pero a mi me han llegado a tardar 28 dias....

Y pertenecen y cobran de la empresa hasta que tengan la resolución de la administracion....
25/05/2010 07:37

En los ERE hay silencio administrativo positivo, es decir, si a los 15 dias no hay respuesta de la administración, el ERE está ACEPTADO.

Respecto de la fecha en que se haga efectivo, no es la misma fecha en que la administración contesta. Una vez la administración autoriza el ERE, es la empresa la que lo ha de comunicar, y esa es la fecha efectiva.

Es decir, el ERE AUTORIZA los despidos, pero no los hace efectivos, el despido sólo será efectivo cuando la empresa entregue la carta a cada trabajador (cualquier dia a partir de la fecha de autorización).
27/05/2010 13:37
¿Es obligatorio que el empresario especifique el tiempo que va a durar el ERE?.
A mí me ha dicho la empresa que me va a hacer un ERE de reducción de jornada al 50 % y estoy muy angustiada por las consecuencias.
En esta empresa somos tres trabajadores.
Si alguien me puede contestar, lo agradecería en el alma.
27/05/2010 15:26
Claro que hay que especificar el tiempo que va a durar un ere de suspensión (reducción de jornada).

Os lo ha de especificar a la hora de planteároslo, y lo ha de negociar con vosotros.
27/05/2010 16:59
Muchas gracias, jordizr1
28/05/2010 16:32
han kambiado de parecer y lo van a despedir xro dice k no le pueden pagar el finikito entero k firme y se lo daran en partes. yo no fio y no kiero k firme entonces kiero saber si se puede hacer algun papel de gestoria o algo para pactar en las fexas y la cantidad k nos tiene k dar.