Hola soy nueva en el foro
Y estoy realmente preocupada por que pase revisión de grado de oficio y estoy a la espera de resolución. Mi preocupación es que el día 29 se cumple el plazo de los dos años que se acoge mi ipt por el art. 48.2 del ET. Yo no estoy apta para incorporarme a mi puesto de trabajo pero ante la posibilidad de que me puedan dar el alta ( por que visto lo visto todo es posible) si la carta con la resolución fuera de alta, yo ya perdería mi derecho al puesto ¿verdad? ¿Lo tienen en cuenta a la hora de agilizar las resoluciones? Es que mi visita a la inspección tras hacerme unas pruebas biomecánicas fue el día 4 y me dijeron que tardaban en dar resolución entre mes y mes y medio pero a mi en las anteriores cartas nunca me habían tardado tanto. No se estoy en un mar de dudas y preocupada. Agradecería cualquier comentario o sugerencia. Saludos