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a la espera de que las dos apelaciones se resuelvan

2 Comentarios
 
21/05/2007 19:11
Gracias Princeps Augustus por tu consejo. Siempre se trata del mismo problema, la única diferencia es que hasta finales del año pasado el tema me lo llevaba un abogado del seguro del hogar y esta última demanda de la cual la vista se celebró el 10 de abril el abogado es un particular que yo contraté personalmente. Recuerdo que lo primero que hizo fue pedir un testimonio de la sentencia del juicio anterior que también esta en apelación y según me consta en las dos sentencias que están en apelación, los dos abogados pidieron la ejecución provisional de la sentencia, sin resultado hasta el momento
21/05/2007 11:29
Franmuc, la verdad es que no se entiende muy bien si los dos procedimientos que ha entablado se dirigen por los mismos hechos o no, el caso es que da la impresión de que Vd. ha comparecido en los procedimientos sin abogado ni procurador, ya que es evidente que desconoce la figura de la ejecución provisional a efectos de hacer efectiva una resolución judicial favorable cuando esta se apela a efectos de no hacer más gravosa la situación de la que resulta favorecida. La ejecución provisonal se puede interponer en cualquier momento antes de que recaiga resolución definitiva por la Audiencia Provincial, pero como en su caso ya están los autos en ella, deberá solicitar a la misma testimonio suficiente de la resolución (Sentencia) para interponer en el juzgado de instancia la ejecución provisional oportuna, sin perjuicio de que el juzgado de instancia le requiera una caución suficiente para el caso de que la sentencia sea revocada y haya que subsanar los perjuicios ocasionados a la contraparte. Salvo mejor opinión.
A la espera de que las dos apelaciones se resuelvan
20/05/2007 18:26
Me dirijo a este foro a sabiendas de que esta frecuentado por muchos abogados y a la espera de que alguno por interes profesional o simplemente por humanidad, me pueda ayudar y poder solucionar de una vez por todas este problema que me esta causando unos daños materiales como psiquicos.
Desde hace 17años, si 17años que tengo problemas con mi vecina del piso superior, tiene las conducciones de agua en mal estado y se niega a reparar. En 1992 fué condenada en rebeldia a reparar los daños que me habia causado entoces.El 1 de enero del 1996, despues de haber pasado toda la noche vieja quitando agua con cubos, por orden del juzgado de guardia se le corta el agua.En esa misma época, crean una sociedad limitada cuya administradora unica es la hija que es abogada y el piso lo ponen a nombre de la sociedad. en el 2002 volví a presentar otra demanda y tardó cuatro años en celebrarse el juicio, porque la hija de mi vecina que es abogada se dedico a dilatar el problema, primero negando los hechos, diciendo de que podia ser un bajante. Mi abogado pidio un informe de un perito judicial, el cual certifico que la culpa era de ella. Pidio un ampliacion del informe (cinco meses) pero confirmo no solamente que la culpa era de ella, si no tambien las reparaciones que debia efectuar.casi la totalidad de las conducciones y desagues de agua. Uno diez dias antes del juicio, aportó unos certificados medicos y pidió el aplazamiento de la vista, el juez lo rechazo y por fin el juicio se pudo celebrar el 23 de junio del 2006. A mediado de julio, salió la sentencia fue condenada a reparar todo lo que el perito judicial habia recomendado mas las costas. Apeló y todavia estoy a la espera.
En enero del 2007 volví a presentar otra demanda. El juicio se celebró el dia 10 de abril y apesar de haberse personado en la causa no se presentó a la vista, ni su procurador ni los testigos que ella habia citado.El juicio se celebró y a la semana el juez dictó sentencia, acediendo a todo lo que pedia mas las costas.Una vez celebrado el juicio mi vecina presentó un certificado medico de haber asistido a consulta.El juez se lo rechazó y entoces a presentado otra apelacion y seguramente igual que la anterior tardará un año mas.
Situacion actual, aparte de que estoy a la espera de que las dos apelaciones se resuelvan.Los daños en mi casa son tal (17años) que tengo el forjado del techo de mi cuarto de baño y pasillo en muy malas condiciones, completamente oxidados y el hormigon rajado, un laboratorio especializado ha hecho un estudio y la semana que viene vendrá un aparejador y siguiendo el informe hará una valoración de los daños. Esto por el momento lo ha pagado la comunidad, ya que el forjado es un bien comun y por lo que parece yo ahora tengo que presentar una demanda contra la comunidad y la comunidad a su vez contra mi vecina.Segun me comentó el aparejador en una conversacion telefónica, que cuando este en mi casa tomará una decision, pero segun el informe y la conversacion con el administrador seguramente pedirá que me vaya al hotel.
¿Es normal con el derecho español que por motivos de falta de mantenimiento de las conducciones de agua de mi vecina, lleve 17años y los que me quedan sufriendo esta penuria con sus inconvenientes?
¿Es delito, mi deseo de poder llegar a casa despues de una jornada de trabajo y querer vivir con tranquilidad y paz junto a mi familia?
Los etarras con condenas de miles de años, a los veinte estan en la calle.
Comprendo que mi problema quizas mas que un problema judicial es un problema de educacion y civismo, pero cuando la otra persona carece de esos dos puntos, no me queda mas que dos salidas.Tomarme la ley por mis manos o esperar que la ley haga su trabajo, estoy muy decepcionado no me siento amparado por la ley.Cuando con este problema llevo 17años y los que me quedan ¿Cuando van a solucionarel tema de Marbella?
Si alguien me pudiera asesorar se lo agradeceria.
Un saludo