Buenos días a todos. Tengo un juicio de diferencias salariales en 2025. En la demanda presentada puse que asistiría a la vista oral SIN ser asistido por letrado. He recibido la citación hoy y en la parte dispositiva hay un apartado que hace constar la siguiente advertencia:
-A la parte demandada, que la parte demandante comparecerá en el juicio asistido de abogado/a // representado por procurador/a // representado técnicamente por graduado/a social, ............
Entiendo que donde escriben // figuraría nombre de abogado. ¿O están diciéndole a la demandada que iré con abogado al juicio? ¿Se han equivocado al redactar esa parte dispositiva?.
Gracias.
Hola railo, en realidad no tiene trascendencia ese párrafo. Normalmente se acude con abogado, por ello así se indica en el decreto de admisión. Sin embargo, el día de la vista puedes defenderte tú mismo aunque no parece que esa decisión sea recomendable, sobre todo cuando puedes solicitar un abogado del turno de oficio para que defienda tus intereses.
Saludos,
Buenas noches, seguro que sabe muy bien cómo plantear el tema, pero hay aspectos procesales que se le pueden escapar, por lo que no es recomendable acudir sin abogado o graduado social.
Un saludo.
Gracias por las respuestas
Reclamo cosas muy patentes. Sin complejidades. En el acto de conciliación la empresa hizo el canelo. El señalamiento lo han dado para finales de 2026. La empresa cargará además con unos intereses de demora que podía haberse ahorrado. La empresa no se llama el canelo pero merece un cambio de nombre
Buenas, railo, sigue aún empleado en dicha empresa o no? Porque si siguen habiendo diferencias salariales, caso de que aún esté trabajando, recuerde que sólo puede reclamar de un año atrás, el resto se pierde, y hasta 2026 falta aún un rato.