tengo un contrato de 6 meses con 1 de prueba firme el dia 4 de marzo ¿hoydia 5 de abril ya lo he superado? ¿pueden despedirme 3dias despues alegando no superar periodo de prueba ?ellos creo tienen 6 dias para mandar baja al inem pueden poner la bbaja como si fuese el dia 4 para despedirme gracias
El régimen jurídico del periodo de prueba no se ha modificado con las últimas reformas.
Si usted tiene un periodo de prueba de un mes que vence el 4, el día 5 de abril ya lo habrá superado, por lo que la baja no podrá ser por ese motivo.
El hecho de que la empresa tenga 6 días para comunicar la baja a la TGSS (no al SEPE/inem) no significa que, habiendo transcurrido el plazo, puedan hacerlo.
Si usted trabaja el día 5, y la empresa finalmente le da de baja el día 4 por no superar el periodo de prueba, le recomiendo que reclame el despido improcedente, pues la empresa deberá probar que te ha comunicado la extinción, asi como tu debarás probar que has trabajado el 5.
Finalmente, hay que tener en cuenta que todo lo dicho es la norma general, pero hay supuestos especiales. La duración del periodo de prueba puede suspenderse ante procesos de IT (bajas médicas) maternidad, riesgo durante el embarazo... Por lo que es posible que, si has estado enfermo, el periodo de prueba se haya alargado.