Buenos días
Hace ocho años suscribí Depósito en un Banco, el cual ahora ha sido absorbido por otro, el cual me acaba de incluir en el fichero de morosos.
Al cabo de los seis meses del periodo de vigencia del depósito, lo reembolsé y lo normal hubiera sido pedir la clausura de la cuenta corriente asociada, pero es un dato que ni recuerdo ni dispongo de documentación.
Por otro lado, el Banco inicial ni el absorbente, me mandó notificación alguna sobre esta incidencia, llamadas telefónicas etc. Obviamente, de haberlo sabido, habría notificado la cancelación.
Algún consejo sobre como actuar en evitación del pago del descubierto?.
Un saludo y gracias.
El que te incluyan en un fichero de insolvencia, es lo más normal en este país ya que apenas hay controles.
Evidentemente para que metan en un fichero de insolvencia se tienen que dar una serie de requisitos:
Para incluir a una persona física en este tipo de tratamientos es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
1.Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
2.Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada, en la que la cuantía del principal sea superior a cincuenta euros.
3.Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquéllos en los que participe.
4.Que el acreedor haya realizado el requerimiento de pago al deudor con carácter previo a la comunicación de sus datos al fichero de morosos.
5.Además, la entidad que mantenga el sistema de información crediticia deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.
6.Que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.
Si falta alguno de estos requisitos, reclamación a la atención al cliente del banco por escrito con acuse de recibo o burofax
Si no te contestan o te deniegan, reclamación a la AEPD.
Gracias!. Yo creo que han incumplido todos, porque no ha habido notificaciones ni llamadas. El problema estará en que al no disponer ya de la documentación del depósito, no recuerdo si clausuré la cuenta y ahí me podrán acusas de falta de diligencia (y yo de mala fe de ellos, pero les dará igual)
Un saludo
Tienes que tener en cuenta que te metan en una lista de impagados es una medida de presión para que pagues, los responsables del fichero no controlan que se dé todos esos requisitos, si no que entienden que si su cliente, el banco, le pide insertar a una persona, entienden que ellos, el banco, ha cumplido esos requisitos.
Pero evidentemente muchas veces no es así. Por tanto o bien tienes pruebas y solicitas al responsable del fichero tu derecho de cancelación o bien tienes que "convencer" al banco que lo han hecho mal y que te saquen. Y si no tienes que "convences a la AEPD", que el banco ha hecho algo mal.
Resumiendo, se cumple el dicho que en este país es muy fácil entrar en la lista de impagados y muy difícil de salir.
Incluso muchas veces hay que acudir a un juez. Recuerda que todos tenemos derecho a la tutela judicial.
muchas gracias por tu información y consejo.
He enviado al Banco que ha absorbido al anterior, un escrito recordándole que no he recibido notificación de ellos y mucho menos que de haberlo sabido, hubiera cancelado la cuenta (si no lo hice en su día) y pagado en el inicio de la deuda, que supondrían céntimos. Supongo que no harán caso de mi duda sobre la causa que ha originado tantos años de retraso en reclamarme la deuda. En fin. Un saludo y voy a contárselo a Asnef, a ver si se apiadan. Saludos!
Disculpa JM2C, he olvidado algo importante para mi.
Al no haber recibido escrito de ASNEF, estos me piden un número de referencia que obviamente no tengo. Es mi domicilio habitual a efectos fiscales, pero sólo lo uso en verano y mi vivienda está a 50 km.
Este escrito de ASNEF debería haberme sido mandado de forma fehaciente o por correo postal simple sirve igual?
Tanto de ellos como del Banco, no he recibido absolutamente nada ni postal ni telefónico. Un saludo y gracias