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902 Atención al cliente

5 Comentarios
 
902 atención al cliente
08/10/2012 17:33
Hola, acabo de contratar un seguro del hogar,resulta que todos los números telefónicos que tiene esta empresa de sus distintos departamentos son 902XXXX no tienen según ellos números locales, quiero hacer una reclamación por que pienso que deberían de tener números locales para atender al publico y no números 902 que te dejas una pasta mas si te ponen musiquita de fondo,mis preguntas son:

¿Es legal que solo tengan números 902 para que los clientes realicen las consultas y no tengan lineas locales? puedo denunciar a la compañía en consumo por no dar la opción al cliente a recibir información llamando a un numero local?

Gracias
08/10/2012 18:00
Si lo has contratado así no tienes mucho que reclamar. No obstante muchos números 902 llevan asociado otro convencional donde puedes recibir el mismo servicio. Para saberlo puedes consultar el siguiente enlace:

http://www.nmn900.com/
08/10/2012 19:02
Gracias xavestre, el tema es que en la pagina que me mandas que ya la conocia no viene el nº local asociado al 902XXX del departamento juridico de esta compañia si viene los numeros locales de otros departamentos que tiene esta compañia,que casualidad
08/10/2012 20:10
En primer lugar, hay que delimitar el objeto de la reclamación; en este caso usted, consumidor, quiere hacer una reclamación a una aseguradora, empresa, cuyo fundamento se encuentra en el coste que le supone realizar llamadas a un 902.

La parte del ordenamiento jurídico que se encarga de regular las relaciones entre consumidores y empresas se llama Derecho del Consumidor, que no se encuadra ni dentro del Orden Penal ni del Mercantil. En todo caso sería una materia mixta, con una textura inequívocamente privada y con ciertas connotaciones que encajarían en el Orden Civil más que en el Mercantil. Es por ello que no entiendo que este tema se encuentre en Mercantil, pero bueno.

Esto es muy importante, porque a partir de aquí, sabemos que el ámbito que nos vamos a mover es el de los consumidores y usuarios, cuya regulación es el Texto Refundido de 2007.

Ciertamente, podríamos entender que el hecho de que se imponga el uso de una línea 902 para poder realizar consultas o, por ejemplo, ordenar a la aseguradora la reparación de un techo, una tubería o una cerradura, se están obstaculizando las utilidades que usted ha adquirido en virtud del contrato celebrado frente a la aseguradora (artículo 62.2 Texto Refundido). Por tanto creo que si podría ser objeto de reclamación.
09/10/2012 13:37
Muchas gracias gonx
Un cordial saludo
28/07/2021 07:59
Parci, pregunta usted porqué no puede poner ningún comentario en el foro? Pues ya lo ha hecho.
En cuanto a la consulta, cierto que pertenece al dcho civil y no al mercantil, sobre si es denunciable o no que la empresa solo imponga a sus clientes líneas 902 no sé si es posible denunciar o no es una empresa que ofrece sus productos desde esas líneas pues muy sencillo contraté con otra compañía, en cuanto vean que pierden asociados y les pregunten porqué se van a otras compañías, ustedes les digan que porque cada vez que tienen que hacer una gestión es por medio de esas líneas lo que les representa un coste pues ya pondrán solución, con esto quiero decir que estamos ante un libre mercado y que está,aseguradora utilice solo líneas 902 para atender a sus clientes no impide que cumplan correctamente con su cometido pero yo como usuario de esa aseguradora les haré saber mi malestar y me iría a otra compañía si no me solucionan el problema.