Buenos días.
La reducción del 90% en los ingresos del alquiler por bajar un %5 el alquiler en la zona tensionada solo se aplica en el ejercicio que se produce. O me puedo beneficiar de este 90% mientras dure el contrato?
Gracias
Esperando noticias suyas
saludos,
Carlos
Vayamos por partes. La pitanza del noventa por ciento de rebaja en el IRPF, esa bicoca que te ofrecen por alquilar tu tugurio en zona tensa, no es un chollo perpetuo, ni te montes películas. Noventa por Ciento, ¡Ojo al Parpadeo!:
Esa ganga se aplica si sueltas la mosca y rebajas el alquiler más de un cinco por ciento con respecto al anterior inquilino. ¿Entendido?
Pero no te creas que es jauja eterna. La rebaja dura mientras cumplas las condiciones que te exigieron al firmar el papeleo. Si te pasas de listo y subes la renta a la mínima ocasión, adiós muy buenas, se acabó el descuento.
Y ojito, que si te pasas de rosca con el precio, y la renta se dispara por encima de lo que marca la ley, olvídate de la rebaja. No te van a dar ni agua.
Así que espabila, que aquí nadie regala duros a cuatro pesetas. Lee la letra pequeña, cumple lo pactado, y a disfrutar de la rebaja mientras dure. Pero no te confíes, que Hacienda no es tu abuela.