Si, tienes razón. Al cabo de un rato he vuelto a mirar por si acaso, y ya estaba concluido también el 7. A ver cuando termina todo! Luego te avisan, no? Que pasos siguen?
Vale perfecto me alegro ahora métete en sede electrónica de la seguridad social y te vas a ciudadanos y te metes en informe integrado de pensiones hay te sale lo que te dejan si no saliera mañana seguro lo tienes
Hola, lo acabo de mirar y me he quedado a cuadros!! Vaya disgusto tengo! No pueden haberse equivocado? Me esperaba más siendo como es una incapacidad absoluta, y teniendo una base reguladora bastante alta, y resulta que me dejan con mucho menos de mi nómina habitual. Cómo se puede averiguar si es correcto?
Te cogen los últimos 5 años de tus bases reguladoras la tesorería general de la seguridad social tiene un programa que calcula tu pensión es casi imposible que se equivoquen estos dos años que as estado de baja estabas de baja por empresa o pagándote la mutua????
En todas formas cuando recibas la resolución te viene todo detallado y las bases de cotización que te an cogido la resolución tarda un mes en llegar pero si tienes certificado digital en dos días puedes mirar la resolución en la sede electrónica.
Vale entonces si estabas cotizando te lo preguntaba por que si estabas cobrando por la mutua es otro rollo. date cuenta que las incapacidades permanentes por enfermedad común tienen dos pagas extras y no conllevan retención del IRPF
Si, así es, es la que me ha quedado, no me retienen nada ni haré declaración. Pero siendo mi base reguladora de 3380 euros aproximadamente, me esperaba más. Encima los meses de diciembre y enero no me pone nada de que se me paguen, y tampoco me pagaron ya de mi empresa.
Ah, es física, por patologías en los ojos y baja visión.
Hola de nuevo. Estás seguro de que es así? Yo tenía entendido que eso era en la jubilación, pero no era así en las pensiones por incapacidad permanente.
De todas formas no puedo quejarme con lo que veo por ahí, pero por culpa de unos y otros ( y de internet y sus simuladores) mis expectativas eran muy altas y me he pegado un batacazo. Pero repito que no puedo quejarme.
Si claro hay unos máximos y mínimos tanto para jubilación y incapacidad permanente son los mismos topes máximo 2660 euros pero está muy bien te queda la máxima muchos quisieran y tienes suerte que no te van a quitar irpf
Hay una última cosa, que tampoco tengo clara. La empresa me pagó hasta el 30/11 y el INSS me empieza a pagar el 28/01. Y este tiempo que queda en medio y que no he cobrado ni de unos ni de otros? Eso es normal? Quien me tendría que pagar ese tiempo?
según el tiempo que lleves de baja. hasta los 18 meses los suele pagar la empresa. A partir de los 18 meses pagas las SS. Tendrás que ver si has pasado los 18 meses a partir del 30/11 para reclamar a la mutua o en caso contrario a la empresa.
No, cómo ya sabes, sólo llevaba desde marzo. La empresa, al recibir la petición de la liquidación por parte del INSS ya me dio de baja con esa fecha, pero la resolución aún no era firme, faltaban unos puntos. A ver ahora cómo reclamo yo esos dos meses!
No, he hablado con el INSS y según me dicen le corresponde a mi empresa. Ya lo he reclamado, ahora a esperar y espero que no tarden, porque el INSS de momento sólo me va a pagar del 28 al 31 de enero.