En mi administración autonómica se ha convocado una plaza en comisión de servicios. El baremo establece que el 70% de la nota se da en una entrevista. Por otra parte, la convocatoria fue publicada, pero NO en en Boletín Autonómico, simplemente en la web de la Administración.
No hablemos ya de que la entrevista no fue pública y no se sabe si se preguntó lo mismo a todos los aspirante o cómo fue la cosa....
Un 70% en una entrevista, no es que me parezca excesivo es que incluso improcedente. Hace unos años, el TSJ echo atrás el poner nota en la entrevista o eliminarlos del concurso para las plazas de profesor asociado de universidad.
¿ Es legal que el 70% de la nota esté a expensas de una entrevista?.
No soy abogado , pero parece un sistema diseñado para meter al conocido, y no al más capaz
Existen otras muchas otras sentencias que invalidan los procesos selectivos que incluyen entrevistas, como es lógico , por tener un elevado componente subjetivo y discrecional
Lo suyo es que hubieras impugnado las bases de la convocatoria después de su publicación. Pero claro, ¿cómo vas a impugnar algo que está insuficientemente publicitado? Desconozco si la publicación en la web es suficiente
A mí me pasó lo que comentas para una plaza de profesor asociado. Y acabé mandándoles a tomar por c*** cuando me dí cuenta de que es un paripé preparado para darles ya a alguien la plaza
España, una merienda de negros incluso para trabajos de mierda. Lamentable
hola
pues se me olvidó comentar que, encima, daban 0'5 ptos a quienes hubieran participado y formado parte de una lista de espera que se hizo en otro proceso similar unos meses antes. Con ello, se da el caso de que diversos méritos son valorados dos veces, y eso es claramente ilegal.