Buenos días.
En el auto de medidas provisionales, hubo una aclaración del juez donde se reconocía el pago de la pensión de alimentos desde la presentación de la demanda.
Se han reclamado 2 meses ( 200200) pero el progenitor no custodio dice que no tiene dinero entre otras. Lo archivan por qué tampoco ven nada penal, creo al tratarse de tan poco dinero.
Ahora después de un año en la contestación de las medidas definitivas el padre facilita contrato de trabajo donde se ve claramente que en esas fechas donde decía que no tenia dinero trabajaba ganando unos 2 mil euros.
Mi pregunta si solo es posible ejecución de sentencia ( creo que no vale la pena por el dinero que es) pero el tema es que se puede demostrar el engaño. Se puede recurrir ese mismo auto hablando del engaño y demostrar que trabajaba?. O solo es auto es para reclamar la pensión de 2 meses mediante ejecución de sentencia.
Aquí hay trampa, y eso no se puede permitir Lo diré claro. Tenemos a un progenitor que ha intentado engañar al juzgado para no pagar la pensión de sus hijos.
El juez, en las medidas provisionales, dictó que debía pagar desde que se presentó la demanda.
Deja de pagar dos meses y dice que no tiene dinero.
El engaño queda al descubierto Un año después, en el juicio de medidas definitivas, aparece un contrato de trabajo de la época en que decía estar sin blanca.
Esto es como si alguien se queja de que no tiene para comer y luego lo ves saliendo con el carro lleno del supermercado.
¿Qué se puede hacer ahora?
No se puede recurrir el auto de medidas provisionales, los plazos ya pasaron.
Pero eso no significa que no podamos hacer nada.
Al contrario, hay que usar este contrato de trabajo como prueba en el juicio de medidas definitivas.
No es solo por los 400 euros impagados, es por principios.
No es solo por la cantidad, es para dejar claro que no se permite engañar al juzgado.
Porque, si no, ¿qué hará después?
Medidas definitivas: momento de la verdad En el juicio de medidas definitivas hay que presentar el contrato de trabajo como prueba de la mentira.
El juez debe verlo claro: este hombre no es alguien que no podía pagar, es alguien que intentó escaquearse.
Hay que reclamar esos meses impagados y demostrar la mentira.
El Auto de medidas provisionales jamás se puede recurrir, con independencia de los plazos, ex Arts 771.4 y 773.3 LEC.
Tampoco hay "trampa". Se inició un procedimiento penal y el acusado mintió en su declaración, como está en su derecho. Si la parte denunciante hubiese querido, y el juzgado lo hubiese estimado, podían haber solicitado, como diligencia de investigación, la consulta patrimonial del denunciado a través del PNJ.
En este caso no hay pérdida de ningún tipo. Puede instar la ejecución de la resolución judicial que corresponda y, visto que el ejecutado tiene un salario, no resultará complicado hacerlo efectivo.
PD: No se en otros foros, pero en la inmensa mayoría (por no decir todos) los procedimientos de medidas que he llevado yo, tanto en sede de provisionales como en definitivas, se llega al juicio bien con las nóminas y declaraciones de renta aportadas por las partes, bien con una consulta patrimonial del PNJ; esta última muchas veces acordada y practicada justo antes de iniciar el juicio. Si cualquiera de los litigantes está trabajando legalmente, y son trabajadores por cuenta ajena, no hay problema para determinar la capacidad patrimonial de estos. Estos problemas suelen venir cuando son autónomos o cuando trabajan en negro.
Gracias por las respuestas.
A ver, se le pidieron nóminas, pero el dijo estar en el paro ( sabemos que no), dijo que le despidielron por bajo rendimiento por echar de menos a su hija ( un buen circo) por tanto se le pidio indemnización por el despido ( no ha presentado) , se le pidio papeles del paro entonces.( Presenta la solicitud del paro, que obviamente no se lo iban a dar por qué no le despidieron.
Entonces que? No presenta nada? Aquí nadie hace nada?. El engaño es obvio.
El misteriosame vuelve al trabajo a la semana de fijarse la pensión.
Pasa un año, ahora en la contestación de las medidas definitivas, presenta contrato de trabajo, en ese contrato se puede ver cómo en aquellas fechas trabajaba,nunca se fue al paro, lo vemos ahora claro que lo ha presentado.
Y encima presenta la nómina, solo la nómina donde le hacen los retiros de adelantos de nómina que el ha pedido, y convierte una nómina de 2035 euros en una nomina de 1200, y claro el dice que cobra 1200. De verdad , mentir en la cara del juez, de todos, si es que se ve en los papeles . Espero que las abogadas puedan hacer algo en las medidas definitivas, nose si se hará una vista con todas las partes. Pero la tomadura de pelo es bestial
Indemnización no, finiquito me refiero.
No presento nada y en el juicio y así consta se pidió.
Si ha presentado los papeles del paro, claro la solicitud del paro la que ya se sabe que no le iban a dar por no estar en el paro.
Estamos a la espera de las definitivas, como le digo en la contestación a la demanda, ha presentado el contrato de trabajo que ahí ya se ve que mintió .
Espero que no haya problema en que pueda presentar sus rentas, o las nóminas de todos lo meses, no sólo elegir la nómina en la que va a cobrar menos. Espero que le pongan en su sitio, que además ya se ve que pone 2035 euros. Nose Como au abogado puede ser participe de esa tomadura de pelo.
Lo que yo hago es pedir que, con carácter previo a la celebración de la vista, y con tiempo suficiente, se presente por la parte contraria:
1. Seis últimas nóminas.
2. Tres últimas declaraciones de renta.
Si el día del juicio, por lo que sea, no lo ha presentado solicito que se acuerde y se practique de manera inmediata la consulta patrimonial a través del PNJ. Esto también se puede solicitar por escrito si, cinco días antes de la vista, no han presentado la documentación.
Hay que estar pendiente de que el juzgado provea el escrito y requiera a la parte.
Muchas gracias, creo que lo del punto neutro ya está barajado para hacerlo pero si hay posibilidad de pedir antes la otra documentación y no lo han pensado se lo haré llegar para que lo soliciten.